El Ministerio de Cultura y Patrimonio (MCyP) convoca a personas interesadas en participar del proceso de selección para la conformación del Consejo Consultivo para el ámbito de las Artes Vivas y Escénicas, de conformidad con la Ley Orgánica de Cultura, su Reglamento General y la Ley Orgánica de Participación Ciudadana.La participación ciudadana es importante para orientar la implementación de políticas públicas de fomento para el sector escénico, brindar asesoramiento, realizar mejoras y evaluar la efectividad de dicha implementación.Esta convocatoria identificará perfiles apropiados, atendiendo a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad en la gestión cultural.

Descripción

Los miembros de los Consejos Consultivos de formulación de política pública en los distintos ámbitos, establecidos por el ente rector del Sistema Nacional de Cultura, no mantendrán ninguna relación de dependencia laboral con el MCyP.

De los miembros electos se espera

  1. Concurrir a las sesiones convocadas por las instancias correspondientes
  2. Suscribir un acuerdo de confidencialidad para salvaguardar la información que el Ministerio de Cultura y Patrimonio comparta en las sesiones
  3. Asesorar en la formulación de la política pública en el ámbito de consulta
  4. Emitir los informes correspondientes para la mejora de la política pública

Todos los Consejos Consultivos deberán sesionar de forma ordinaria y/o extraordinaria. Las sesiones ordinarias serán convocadas con al menos 48 horas de anticipación por el secretario y se realizarán una por mes, a partir de su conformación.

Líneas estratégicas que se abordarán en el Consejo Consultivo

  • Política pública de fomento para el sector escénico
  • Asesoría para conformar la red de espacios escénicos
  • Estrategias para la implementación de tarifarios espacios públicos

Límites de la instancia de consulta

Conforme al cumplimiento de la normativa legal vigente, se establecen las siguientes limitaciones:

  1. Estos espacios de asesoramiento a las instituciones públicas son determinantes pero sus decisiones no son vinculantes. El MCyP ejercerá su rectoría en la elaboración de la política pública, reconociendo la participación e incluso la autoría de los integrantes del Consejo Consultivo.
  2. La participación de las y los integrantes del Consejo Consultivo no será remunerada. Se entregarán certificados de participación.
  3. Una vez conformado el Consejo Consultivo se iniciará el trabajo de asesoría con los miembros seleccionados. No se prevén reemplazos ni nuevos ingresos.
  4. Todos los participantes deberán pertenecer a una instancia asociativa o de organización a la cual representan como miembros activos.
  5. No se permitirá que, dentro de las sesiones consultivas, se aborden temas para los cuales los integrantes no fueron convocados.
  6. Las decisiones y acuerdos de los espacios de trabajo serán comunicados públicamente.
  7. La realización de reuniones será virtual, salvo en casos excepcionales donde el Ministerio de Cultura y Patrimonio convocará a estos espacios.
  8. La presidencia y secretaría del consejo sectorial serán ejercidas por funcionarios públicos del MCyP.

Los requerimientos para formar parte al Consejo Consultivo son

  1. Ser persona natural ecuatorianas y/o extranjeras, mayores de edad y con residencia en el Ecuador.
  2. No encontrarse ejerciendo un cargo público, con excepción de trabajadores del área de educación.
  3. Formar parte del Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC).
  4. Certificado de participación en alguna organización social o gremio artístico cultural,  de derecho.
  5. Certificados de experiencia sectorial, mínima de 2 años, en el ámbito de las artes vivas y escénicas.

Las y los aspirantes deberán enviar los siguientes requerimientos para la inscripción de su postulación

  1. Copia de la cédula
  2. Hoja de vida en formato PDF, donde se detalle la instrucción académica, su experiencia relacionada con el perfil y afiliación en alguna organización social o gremio artístico.
  3. Certificados de respaldo
  4. Carta de intención
  5. Verificación domiciliaria (se sugiere adjuntar un registro de  servicio básico)

Los expedientes de postulación se los recibirá desde las 8:00 del 1 de abril de 2024 hasta las 23:59 del 15 de abril de 2024, únicamente al correo electrónico:

consultivos@culturaypatrimonio.gob.ec

CRONOGRAMA DE POSTULACIÓN
Convocatoria 1 al 15 de abril del 2024
Convalidación de documentos 16 al 19 de abril 2024
Evaluación de  seleccionados 22 al 29 de abril  2024
Publicación resultados de  seleccionados 30 de abril  2024

Importante

  • La postulación no tiene costo alguno.
  • Los Consejos Consultivos serán integrados con al menos el 50% de personas no residentes en Quito. Su tiempo en funciones será de 8 meses. Además, se promoverá la alternabilidad de sus miembros, es decir, una vez cumplido su período, no podrán volver a ser parte de esta iniciativa hasta después de un nuevo llamado

La participación ciudadana en la construcción de políticas, agendas, programas y la integración de consejos consultivos es clave para su involucramiento y empoderamiento del sector.

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