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UNL debate Reglamento Interno de la Carrera y Escalafón del Docente Universitario

La Universidad Nacional de Loja acata el Reglamento aprobado por el Consejo de Educación Superior el 31 de octubre de 2012, y prepara su Reglamento  Interno en cumplimiento de la Ley.

Una vez que se publicó en la primera semana de noviembre y a nivel nacional el Reglamento de Carrera y Escalafón del Docente e Investigador del Sistema de Educación Superior, aprobado por el Consejo de Educación Superior (CES) el 31 de octubre de 2012, y que permite a las universidades regular su actividad académica, la Universidad Nacional de Loja (UNL) inició el primer debate sobre el tema.

En efecto, entre jueves 15 y viernes 16 de noviembre se reunieron en Vilcabamba las principales autoridades de la UNL, encabezadas por el Dr. Gustavo Villacís Rivas, rector de la Universidad con  los directores de Área y representantes de los niveles de Grado y Postgrado para tener el primer acercamiento sobre el Reglamento Interno de Carrera y Escalafón del Profesor Universitario.

La Universidad Nacional de Loja elaborará un documento que conceptualice las actividades de docencia, investigación, vinculación con la sociedad y gestión académica, para ser socializado hasta diciembre. Se acordó que el Reglamento se pondrá en vigencia desde el próximo periodo académico, de acuerdo con lo establecido en la planificación.

Mejora inmediata de remuneraciones

Sobre el ingreso de personal académico, se acordó mejorar de inmediato las remuneraciones del personal docente ocasional, analizar la distribución de la carga horaria de los docentes y de acuerdo con lo planificado para el próximo ciclo académico se organizará el proceso de concursos de merecimientos y oposición. Además se organizará en cada área bases de datos que sirvan de referentes desde el punto de vista científico-técnico y pedagógico para la selección del personal académico, que será realizado bajo la coordinación de la Dirección de Recursos Humanos.

Respecto al escalafón, escala remunerativa y promoción del personal académico, se resolvió partir con el piso económico establecido por la Ley, para la primera categoría. Asimismo el personal académico actual continuará con la misma remuneración y categorías actuales, con el incremento establecido en el reglamento, y se consultará sobre la posibilidad de incremento de la remuneración, considerando el índice inflacionario del año 2011.

Evaluación del personal

En el tema de la evaluación y perfeccionamiento del personal académico, se fortalecerán los actuales procesos de evaluación y perfeccionamiento docente, para ajustarlos a las nuevas determinaciones del reglamento, y se conformará un equipo para apoyar los procesos de evaluación del desempeño docente.

También se resolvió respecto a la cesación y jubilación del personal académico. Se acordó  realizar una consulta jurídica sobre la aplicación del  mandato 2 y contratar una consultoría para viabilizar los procesos de jubilación de los docentes, administrativos y trabajadores, en el marco de las determinaciones legales.

Primer avance

El Rector de la UNL, Dr. Gustavo Villacís Rivas, explicó que el Reglamento de Escalafón y Carrera del Profesor Universitario establece los rangos y parámetros de remuneración de las autoridades universitarias, así como regular las remuneraciones de los docentes universitarios en las diferentes categorías,  los procesos de admisión y selección y los concursos de merecimientos de los docentes universitarios.

Además, regula  los ámbitos de acción y participación del docente universitario, los años sabáticos y los periodos establecidos para la elaboración de textos, libros de investigaciones. A esto se agrega la comisión de servicios para estudios en el exterior.

Es de sumo interés para el docente universitario aprobar el reglamento, en vista de que este documento permitirá a la UNL y a los profesores universitarios, contar con un instrumento legal interno de la institución que promueva el desarrollo profesional y el mejoramiento de quienes hacen la docencia en la Universidad Nacional de Loja. La Ley establece un plazo de 120 días, a partir de la fecha de publicación del Reglamento a nivel nacional (8 de noviembre de 2012).

MCCTH

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