Actividades que debe cumplir el CEAACES en el Plan de Contingencia
Wilson Zapata Bustamante
Para lograr la coordinación necesaria que requiere el Plan de Contingencia el Consejo de Educación Superior (CES) solicitará al CEAACES la realización de las siguientes actividades:
Elaborar y remitir al CES un informe de verificación de las universidades y escuelas politécnicas que se encuentran en proceso de evaluación y que registran nuevas matrículas en los primeros niveles o su equivalente, de pregrado y postgrado después de la expedición de la LOES y la nómina de las y los estudiantes matriculados;
Remitir al CES, antes del 12 de abril de 2012, la nómina y los resultados alcanzados por las y los estudiantes de último año que rindieron las pruebas de avaluación de resultados de aprendizaje;
Remitir al CES el informe de las universidades y escuelas politécnicas ubicadas en la categoría E y que resultaren suspendidas definitivamente, luego de la evaluación que establece la Disposición Transitoria Tercera de la LOES en cumplimiento del Mandato Constituyente número 14; y,
Diseñar, elaborar y aplicar las pruebas de evaluación de resultados de aprendizaje, en coordinación con el CES y con las instituciones de educación superior, con el objetivo de determinar la ubicación de las y los estudiantes en los diferentes niveles de las carreras de Titulación Especial.