EcuadorUniversitario.Com

Atribuciones y deberes del Consejo de Educación Superior en el Plan de Contingencia

El CES coordinará la implementación del Plan de Contingencia con el CEAACES, la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) y con las instituciones que integran el Sistema de Educación Superior.

Son atribuciones y deberes del Consejo de Educación Superior respecto al Plan de Contingencia:

  1. Aprobar, coordinar, supervisar, monitorear y evaluar la ejecución del Plan de Contingencia;
  2. Aprobar las Carreras de Titulación Especial contempladas en el Capítulo Tercero del Reglamento del Plan de Contingencia, así como su apertura;
  3. Resolver los asuntos relativos a la expedición y registro de títulos de las y los estudiantes por titularse o graduarse de las universidades y escuelas politécnicas de categoría E suspendidas definitivamente, que cursaron estudios en carreras o programas vigentes, no autorizados o que perdieron su vigencia;
  4. Socializar y difundir el Plan de Contingencia entre los distintos beneficiarios, actores y organismos e instituciones del Sistema de Educación Superior y la ciudadanía;
  5. Diseñar, ejecutar, difundir y monitorear el proceso de inscripción de las y los estudiantes en el Plan de Contingencia;
  6. Coordinar y monitorear los procesos de admisión a las Carreras de Titulación Especial, a los Seminarios de Graduación o Titulación y a las Carreras vigentes;
  7. Implementar un sistema de seguimiento y evaluación académica durante la fase de ejecución del Plan de Contingencia;
  8. Nombrar la Administración Temporal de cada universidad o escuela politécnica suspendida definitivamente por el CAACES;
  9. Aprobar y monitorear el cumplimiento del Plan Operativo que implementará la Administración Temporal de cada universidad o escuela politécnica suspendida definitivamente por el CEAACES;
  10. Establecer las fechas de inicio y fin del periodo de ejecución del Plan de Contingencia;
  11. Gestionar los recursos públicos necesarios para la implementación del Plan de Contingencia;
  12. Accionar las garantías jurisdiccionales que fueren necesarias para salvaguardar los derechos relacionados con la educación superior establecidos en la Constitución de la república y en la LOES; y,
  13. Resolver todos aquellos casos relacionados con el Plan de Contingencia.

2012 EcuadorUniversitario.Com

Salir de la versión móvil