Las y los estudiantes que culminen sus estudios en la institución de origen deberán aprobar obligatoriamente los créditos contemplados en el plan de estudios y cumplir todos los demás requisitos contemplados en la LOES y en el Reglamento Codificado del Régimen Académico del Sistema Nacional de Educación Superior, sin perjuicio de optar por un Seminario de Culminación de Estudios organizado e implementado por la Administración Temporal.
Así lo establece el artículo 17 del Reglamento del Plan de Contingencia preparado por el Consejo de Educación Superior para las y los estudiantes de las universidades y escuelas politécnicas de categoría “E” suspendidas definitivamente por no haber superado la evaluación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES).