P.- ¿Qué papel desempeña la SENESCYT?
R.- La Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, SENESCYT, es el órgano que tiene por objeto ejercer la rectoría de la política pública de educación superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y las instituciones del Sistema de Educación Superior. Está dirigida por el Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación de Educación Superior (economista René Ramírez Gallegos), designado por el Presidente de la República.
P.-¿Concretamente, cuáles son las funciones de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación?
R.- Son funciones de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, las siguientes:
- Establecer los mecanismos de coordinación entre la Función Ejecutiva y el Sistema de Educación Superior;
- Ejercer la rectoría de las políticas públicas en el ámbito de su competencia;
- Garantizar el efectivo cumplimiento de la gratuidad en la educación superior;
- Identificar carreras y programas consideradas de interés público y priorizarlas de acuerdo con el plan nacional de desarrollo;
- Diseñar, implementar, administrar y coordinar el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior del Ecuador, y el Sistema de Nivelación y Admisión;
- Diseñar, administrar e instrumentar la política de becas del gobierno para la educación superior ecuatoriana; para lo cual coordinará, en lo que corresponda, con el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas;
- Establecer desde el gobierno nacional, políticas de investigación científica y tecnológica de acuerdo con las necesidades del desarrollo del país y crear los incentivos para que las universidades y escuelas politécnicas puedan desarrollarlas, sin menoscabo de sus políticas internas;
- Elaborar informes técnicos para conocimiento y resolución del Consejo de Educación Superior en todos los casos que tienen que ver con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo;
- Elaborar los informes técnicos que sustenten las resoluciones del Consejo de Educación Superior; y,
- Ejercer las demás atribuciones que le confiera la Función Ejecutiva y la Ley Orgánica de Educación Superior.
P.-Según la Ley Orgánica de Educación Superior vigente en el Ecuador, ¿cuáles son los organismos de consulta?
R.- De conformidad con el Art. 184 de la LOES son órganos de consulta del Sistema de Educación Superior, en sus respectivos ámbitos, los siguientes:
- La Asamblea del Sistema de Educación Superior;
- Los Comités Regionales Consultivos de Planificación de la Educación Superior.
P.-¿Qué papel desempeñará la Asamblea del Sistema de Educación Superior?
R.- La Asamblea del Sistema de Educación Superior será el órgano representativo y consultivo que sugerirá al Consejo de Educación Superior, políticas y lineamientos para las instituciones que conforman el Sistema de Educación Superior. Con fines informativos, conocerá los resultados de la gestión anual del Consejo.
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