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Lenín Moreno decreta Estado de excepción y el confinamiento los fines de semana en 16 provincias

El Estado de excepción rige desde las 20:00 de este viernes 23 de abril. Los viernes, sábado y domingo se aplicará una restricción de movilidad absoluta en la cual el toque de queda será ininterrumpido e iniciará a las 20:00 del día viernes y finalizará a las 05:00 del día lunes.

Mediante el Decreto Ejecutivo 1291, el presidente Lenín Moreno declaró el estado de excepción desde las 20:00 del 23 de abril hasta las 23:59 del 20 de mayo del 2021 por calamidad pública en 16 provincias del Ecuador. El Mandatario acogió las recomendaciones del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional para ejecutar acciones que eviten la propagación del covid-19 en el país, tras confirmar el ingreso de la cepa brasileña en territorio ecuatoriano.

Las provincias en las que rige el estado de excepción son: Azuay, Imbabura, Loja, Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Guayas, Pichincha, Los Ríos, Esmeraldas, Santa Elena, Tungurahua, Carchi, Cotopaxi, Zamora Chinchipe, El Oro y Sucumbíos.

La firma del decreto se da tras el pedido del COE Nacional para intentar contener la propagación del covid-19 en Ecuador.

El estado de excepción declara toque de queda en las provincias contempladas por el documento oficial y que será aplicado en dos horarios distintos. Se confirma que de 20:00 a 05:00 no habrá movilidad humana ni vehicular de lunes a jueves, mientras que el viernes a las 20:00 comienza un confinamiento total hasta las 05:00 del lunes siguiente.

Las excepciones de esta restricción son el personal de salud, seguridad pública, sectores estratégicos, cadena logística, medios de comunicación, abogados, funcionarios judiciales, cuerpo diplomático, plataformas de delivery, entre otros. Sin embargo, los salvoconductos emitidos por los municipios quedarán sin efecto.

El transporte urbano podrá funcionar antes del toque de queda, pero con el 50% del aforo reducido; mientras que las unidades de transporte intra e interprovincial lo harán con el 75% de ocupación. Además, sus frecuencias serán reducidas al 50%.

El Decreto Ejecutivo también aclara que el feriado obligatorio del 1 de mayo no estará exento de las restricciones planteadas. Mientras rija el toque de queda, los balnearios y playas tampoco podrán recibir turistas. Esto para evitar la aglomeración de personas.

Para evitar el incumplimiento ciudadano de la libertad de reunión, la Policía Nacional tendrá la potestad de ingresar a los domicilios donde se efectúen fiestas clandestinas y aglomeraciones, con el fin de sancionar a los infractores. Esto aplicará únicamente en el horario de toque de queda.

Finalmente, el decreto también ratifica que el proceso de vacunación se llevará a cabo con normalidad y que la inoculación está garantizada. El COE Nacional dispondrá las medidas necesarias para garantizar el proceso logístico de inmunización a la población.

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