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Nuevas restricciones que rigen para el semáforo Amarillo

A partir de este 1 de julio, el sistema de semaforización presenta algunas modificaciones aprobadas por el Comité Nacional de Operaciones de Emergencia (COE). Los cambios pretenden desescalar el confinamiento y lograr la reactivación productiva del país para enfrentar el impacto económico provocado por la pandemia por el COVID-19. Solo en Quito se mantendrán algunas excepciones.

Las nuevas restricciones que rigen para el semáforo Amarillo son las siguientes:

. El horario de toque de queda es de 23h00 a 05h00, a excepción de Quito, en donde se mantiene el horario de 21h00 a 05h00.

. Los vehículos particulares podrán circular de lunes a sábado, según el último digito de placa (impares: lunes, miércoles y viernes; pares: martes, jueves y sábado). Los domingos 5 y 19 de julio transitarán los autos con placa impar; mientras que los domingos 12 y 26 de julio circularán los de placa par.

. Taxis convencionales y ejecutivos, transporte mixto y carga liviana circularán todos los días sin restricción de placa, al igual que el transporte institucional, cumpliendo los protocolos establecidos.

. El transporte urbano podrá ofrecer su servicio solo con el 50% del aforo.

. El transporte interprovincial circulará con el 50% del aforo y únicamente entre cantones de provincias con el mismo color: amarillo y/o verde.

. El transporte intraprovincial está autorizado con el 50% del aforo y solo entre cantones con el mismo color: amarillo y/o verde.

. El transporte marítimo y fluvial de personas está autorizado con el 50% del aforo.

. Los centros comerciales y restaurantes atenderán al público con el 50% del aforo permitido, a excepción de Quito, en donde se mantiene el aforo del 30% en estos establecimientos.

. Las actividades laborales presenciales se reanudan al 50% del aforo en los sectores públicos y privados, excepto Quito, en donde el trabajo presencial se reanuda al 25% para el sector público.

. Se autorizan velorios, reuniones sociales o ejecutivas con presencia de hasta 25 personas, cumpliendo con el distanciamiento social de hasta dos metros y aplicación de medidas de bioprotección

. Se autoriza la apertura de cines y teatros con el 30% de su aforo permitido. Solo en Quito estos establecimientos permanecerán cerrados.

. Las actividades en sitios arqueológicos, zoológicos, museos, parques nacionales -excepto el Parque Nacional Yasuní- se reanundan. Podrán recibir el 30% de visitantes, bajo el cumplimiento de protocolos de bioseguridad.

. Las actividades de entrenamiento formativo en piscinas en espacios cerrados deberán respetar los protocolos de bioseguridad y los lineamientos emitidos por el COE Nacional.

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