EcuadorUniversitario.Com

Telefónicas deben cumplir la Ley Orgánica de Discapacidades

Todas las empresas que brindan el Servicio Móvil Avanzado (telefonía celular) y de telefonía fija, deben dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica de Discapacidades, expedida el 26 de junio de 2012.

La Superintendencia de Telecomunicaciones pone en conocimiento de la ciudadanía que las empresas también deben cumplir lo resuelto por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones, mediante Resolución TEL-072-04-CONATEL-2013 de 01 de febrero de 2013 y que está relacionado con la Ley.

Entre otros aspectos, las operadoras del Servicio Móvil Avanzado (telefonía celular) y de telefonía fija deben:

TELEFONÍA FIJA: Aplicar a las personas con discapacidad, las tarifas preferenciales o populares que cobran a sus abonados, independientemente del ámbito geográfico.

TELEFONÍAMÓVIL: Cumplir la rebaja del 50% en todos los planes pospago que tengan un consumo mensual de hasta 300 minutos dentro de red.

Crear planes pospago con 300 minutos dentro de la red o su equivalente en SMS, los mismos que no deben superar $12.00.

Implementar, adicional a las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica de Discapacidades, otras facilidades, planes o tarifas que consideren pertinentes para beneficio de las personas con discapacidad

Las prestadoras del servicio de telefonía móvil deberán disponer de equipos especiales para la personas con discapacidad.

Es importante también señalar que, los prestadores del Servicio de Telefonía fija, Servicio Móvil Avanzado e Internet, podrán implementar, adicional a las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica de Discapacidades, otras facilidades, planes o tarifas que consideren pertinentes para el beneficio de las personas con discapacidad.

La Superintendencia de Telecomunicaciones controlará periódicamente el cumplimiento del marco regulatorio establecido para las personas con discapacidad. Se recomienda a los usuarios que reporten las novedades que se presenten en el servicio de telecomunicaciones, radiocomunicaciones, radiodifusión y televisión, al Centro de Información y Reclamos (CIR), llamando gratis desde un teléfono fijo al 1-800-567 567 o al 159 (opción 2) de la Función de Transparencia y Control Social – FTCS, de la cual forma parte este Organismo Técnico de Control o ingresando a “SUPERTEL Ecuador” en Facebook.com.

MCCTH

Salir de la versión móvil