Conozca las funciones de la Subsecretaría de Formación Académica y Profesional

La titular es Claudia Ballas, y la  misión de esta Subsecretaría es gestionar técnicamente la formulación de la Política Pública de Formación Académica y Profesional articulada con los sectores públicos y productivos, el Sistema Nacional de Educación y el de Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales.

Sus atribuciones y responsabilidades  son:

  1. Supervisar, proponer y recomendar al Secretario/a Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y al Subsecretario/a General de Educación Superior las políticas, estrategias, normas y mecanismos de formación académica y profesional de pregrado y posgrado;
  2. Asesorar al Secretario/a Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y al Subsecretario/a General de Educación Superior para que su gestión se encuentren enmarcadas en las políticas de Estado que promueven e impulsen el desarrollo de formación académica y profesional de pregrado y posgrado;
  3. Cumplir y hacer cumplir las leyes y reglamentos;
  4. Aprobar los Planes Nacionales de formación académica y profesional de pregrado y posgrado;
  5. Establecer la coordinación con las instituciones vinculadas a la formación académica y profesional de pregrado y posgrado;
  6. Coordinar interinstitucional para la suscripción de convenios con fines de formación académica y profesional de pregrado y posgrado;
  7. Supervisar la ejecución de compromisos establecidos en los convenios suscritos por la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación en el ámbito de su competencia;
  8. Dirigir, organizar y supervisar las unidades administrativas, y personal a su cargo;
  9. Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia técnica designadas por el Secretario/a Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y el Subsecretario/a General de Educación Superior, establecida en la normativa nacional vigente;
  10. Consolidar y supervisar el Plan Operativo Anual (POA) de las Unidades Administrativas a su cargo;
  11. Aprobar la planificación estratégica de las direcciones a su cargo en el ámbito de su competencia;
  12. Evaluar y controlar la ejecución de los planes operativos en las direcciones nacionales a su cargo y las Direcciones Zonales en el ámbito de su competencia.
  13. Suscribir documentos técnicos que se requieran para el cumplimiento de los objetivos institucionales en el marco de su jurisdicción y competencia;
  14. Direccionar y controlar la gestión de los procesos desconcentrados en el ámbito de su competencia;
  15. Intervenir directamente o por delegación en los organismos para cuya integración este designado;
  16. Realizar las demás actividades que le asigne la autoridad competente.

Fuente: http://www.senescyt.gob.ec

Deja una respuesta