Gobierno decreta restricción de circulación de 20:00 a 05:00 en todo el territorio nacional

El presidente de la República, Lenín Moreno Garcés, decidió, a través del Decreto Ejecutivo 888, emitido la tarde del martes 8 de octubre de 2019, restringir la libertad de tránsito y movilidad en todo el territorio nacional en el horario comprendido de 20:00 a 05:00 de lunes a domingo, en áreas aledañas a edificaciones e instalaciones estratégicas como edificios donde funcionan las sedas de las Funciones del Estado y otras que defina el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, mientras dure el estado de excepción.

La disposición se da mientras dure el estado de excepción, según las necesidades establecidas por el Ministerio de Gobierno y la Policía Nacional para mantener el orden público interno y, de ser el caso, establecerá salvoconductos.

Se exceptúa a servidores públicos, miembros de Policía y Fuerzas Armadas, comunicadores sociales acreditados, miembros de misiones diplomáticas, personal médico, sanitario o de socorro, transporte público administrado por entidades estatales y otros.

«La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas serán responsables del cumplimiento de esta restricción para lo cual quedan autorizados para, en el marco de sus funciones, apliquen los procedimientos correspondientes en el ejercicio de sus facultades legales y garantías constitucionales».

En el artículo 5 del documento se menciona que las medidas de limitación y suspensión «únicamente aplicarán por un plazo de treinta días (…) si permiten cumplir los objetivos del estado de excepción, no afecten el derecho a la protesta pacífica, constitucionalmente reconocido; y, se desarrollen en el marco del uso de la fuerza de manera necesaria, proporcional y progresiva por parte y complementariamente de las Fuerzas Amtadas».

El Decreto Ejecutivo 888 también dispone trasladar la sede de la Función Ejecutiva de Quito a Guayaquil.

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