Normas vigentes en septiembre en semáforo amarillo

• Horario de toque de queda:  de 23h00 a 05h00.

• Vehículos particulares circulan conforme al último dígito de la placa impares circulan: lunes, miércoles y viernes; pares circulan: martes, jueves y sábado. El domingo 6 de septiembre circulan vehículos con placa par; el domingo 13 de septiembre circulan los vehículos con placa impar.

• Taxis convencionales y ejecutivos, transporte mixto, carga liviana  tricimotos podrán circular todos los días sin restricción del número de su placa.

• Transporte institucional circula sin restricción de placa cumpliendo con los protocolos establecidos para este sector.

• Transporte urbano al 75% de su aforo.

• Transporte intraprovincial autorizado con el 75% del aforo, entre cantones con el mismo color: amarillo y/o verde.

• Transporte interprovincial al 75% del aforo, únicamente entre cantones de provincias con el mismo color amarillo o verde.

• Transporte marítimo y fluvial de personas autorizado al 50% del aforo.

• Turismo marítimo con pernoctación autorizada y en cumplimiento a protocolos de bioseguridad.

• Transporte terrestre turístico, respetando los protocolos establecidos para esta actividad.

• Centros comerciales y restaurantes, se permite la atención al público con el 50% del aforo permitido.

• Se reanudan actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados al 50%, cada institución deberá implementar su plan de retorno progresivo a las actividades laborales, de acuerdo al “Protocolo De Seguridad Y  Salud En El Trabajo Para El Sector Público Y Privado” y la “Guía Y Plan General Para El Retorno Progresivo A Las
Actividades Laborales”.

• Se autorizan velorios con un máximo de 25 personas, en estricto cumplimiento al distanciamiento social y medidas biosanitarias.• Se autoriza el desarrollo de reuniones familiares o ejecutivas con un máximo de 25 personas,  asegurando el distanciamiento social mínimo requerido (2 metros entre personas), no uso de sistemas de
ventilación y el cumplimiento estricto del control de medidas de bioprotección.

• Se autoriza la apertura de cines y teatros con el 30% de su aforo permitido.

• Se autoriza el inicio de actividades en sitios arqueológicos, zoológicos, museos, parques nacionales (excepto el Parque Nacional Yasuní), con el ingreso del 30% de visitantes, cada institución deberá implementar un protocolo para este fin.

• Se autoriza la reanudación de actividades de entrenamiento formativo en piscinas en espacios cerrados, se deben respetar los protocolos de bioseguridad y los lineamientos emitidos desde el COE Nacional.

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