La Asamblea Nacional  se ratificó este 13 de enero en ocho modificatorias que se aplican al Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, conocido como Código Ingenios, en el que se regulan el refinanciamiento y las facilidades de pago en becas, crédito educativo y ayudas económicas.

Con la ratificación, según el procedimiento, el texto será remitido al Registro Oficial para su publicación y entrada en vigencia.

“El objeto de la ley implica generar facilidades de pago bajo un régimen especial que permita que los becarios y beneficiarios de créditos y ayudas económicas que hayan incumplido sus contratos dado que actualmente por las disposiciones del Código Orgánico Administrativo no pueden suscribir convenios de pago apegados a la realidad del país”, explicó el asambleísta Manuel Medina, presidente de la Comisión de Educación. La resolución favorecerá a 9 200 personas que adeudan USD 64 millones por estos rubros al Estado.

El legislador añadió que esta normativa “también permite combatir las graves sanciones e inhabilidades generadas por el incumplimiento del pago de créditos educativos” y crear condiciones que permitan liquidar los contratos de becas.

Alrededor de 9.200 estudiantes becarios del país que adeudan unos $ 64 millones podrán acogerse a un plan de pagos a través de convenios que van desde 18 meses hasta 20 años según el monto de la deuda.

El presidente de la Comisión de Educación de la legislatura, Manuel Medina (PK), recomendó al pleno ratificarse en toda la reforma aprobada por el Parlamento y que fue vetada parcialmente por el Ejecutivo, en vista de que las reformas generan facilidades de pago bajo un régimen especial que permite que los becarios y beneficiarios de créditos y ayudas económicas que hayan incumplido sus contratos dado que actualmente, por las disposiciones del Código Orgánico Administrativo, no pueden suscribir convenios de pago apegados a la realidad del país.

La reforma abarca a dos artículos, una disposición general, dos disposiciones transitorias y tres disposiciones reformatorias del Código Ingenios. Con ello, el asambleísta independiente Jhon Vinueza manifestó que podrán actuar los funcionarios de la Secretaría de Educación Superior (Senescyt) y atender las solicitudes de los becarios, sin temor a glosas de la Contraloría.

Los cambios introducidos en la normativa permiten combatir las graves sanciones e inhabilidades generadas por el incumplimiento de pago de créditos educativos, becas y ayudas económicas.

Se establecen condiciones que permiten liquidar los contratos de becas que se mantienen abiertos por varios años en la Senescyt, que se centran en aspectos burocráticos y no el cumplimiento del objeto del contrato que es la obtención del título financiado con la beca, señaló Medina.

Con ello, a partir de la notificación con la orden de cobro, el deudor puede solicitar la concesión de facilidades de pago de la obligación. Para acogerse a este beneficio, se deberán identificar de forma clara y precisa las obligaciones con respecto al monto del cual se solicitan facilidades de pago e indicar la cantidad de meses en la cual se pagará la obligación de acuerdo con la tabla establecida en la presente ley.

El pago del valor adeudado se efectuará en cuotas periódicas que cubran el capital, intereses y gastos por concepto de honorarios, según la tabla de facilidades de pago, desde la fecha de notificación de la resolución que la concede.

Concedidas las facilidades de pago, se suspenden las sanciones e inhabilidades derivadas del inicio de la coactiva, así como las medidas cautelares que pudieran ser dispuestas dentro del procedimiento.

Para el efecto se establece una tabla, que fija los montos y tiempo del convenio de pago.

Tabla de facilidades de pago

De USD Hasta USD Tiempo de convenio
0 2.000 Hasta 18 meses
2.001 5.000 Hasta 27 meses
5.001 10.000 Hasta 36 meses
10.001 20.000 Hasta 54 meses
20.001 25.000 Hasta 72 meses
25.001 30.000 Hasta 90 meses
30.001 35.000 Hasta 108 meses
35.001 40.000 Hasta 126 meses
40.001 45.000 Hasta 144 meses
45.001 50.000 Hasta 162 meses
50.001 55.000 Hasta 180 meses
55.001 En adelante Hasta 240 meses

La reforma incluye una disposición para que “en el término de 45 días contados a partir de la publicación de la presente ley” en el Registro Oficial, la Senescyt ajuste su normativa para la aplicación.