La investigación en las IES es regulada por el Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador

La investigación en las universidades y escuelas politécnicas superiores públicas y particulares está regulada por el Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior, que fuera aprobado por el  Consejo de  Educación Superior (CES) el pasado 31 de octubre.

La investigación en las instituciones de educación superior comprende, entre otras, las siguientes actividades:

  1. Diseño, dirección y ejecución de proyectos de investigación básica, aplicada, tecnológica y en artes, que supongan creación, innovación, difusión y transferencia de los resultados obtenidos;
  2. Realización de investigación para la recuperación, fortalecimiento y potenciación de los saberes ancestrales;
  3. Diseño, elaboración y puesta en marcha de metodologías, instrumentos, protocolos o procedimientos operativos o de investigación;
  4. Investigación realizada en laboratorios, centros documentales y demás instalaciones habilitadas para esta función, así como en entornos sociales y naturales;
  5. Asesoría, tutoría o dirección de tesis doctorales y de maestrías de investigación;
  6. Participación en congresos, seminarios y conferencias para la presentación de avances y resultados de sus investigaciones;
  7. Diseño, la gestión y la participación en redes y programas de investigación local, nacional e internacional;
  8. Participación en comités o consejos académicos y editoriales de revistas científicas y académicas indexadas y de alto impacto científico o académico;
  9. Difusión de resultados y beneficios sociales de la investigación, a través de publicaciones, la producción artística, la creación u organización de instalaciones y de exposiciones, las actuaciones, los conciertos, entre otros;
  10. Dirección o participación en colectivos académicos de debate y presentación de avances y resultados de investigaciones; y,
  11. Vinculación con la sociedad a través de proyectos de investigación e innovación con fines sociales, artísticos, productivos y empresariales. La participación en trabajos de consultoría institucional y la prestación de servicios institucionales no se reconocerán como actividades de investigación dentro de la dedicación horaria.

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