Preguntas y respuestas

1. ¿Qué instituciones integran el Sistema de Educación Superior?

Lo integran las universidades, escuelas politécnicas públicas y particulares, debidamente evaluadas y acreditadas, conforme la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES); y, los institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y los conservatorios superiores, tanto públicos como particulares, debidamente evaluados y acreditados, conforme lo señala la Ley.

2. ¿Qué organismos públicos rigen el Sistema de Educación Superior?

Los organismos públicos que rigen el Sistema de Educación Superior son: a) El Consejo de Educación Superior (CES); y, b) el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES).

3. ¿Cuáles son los organismos de consulta del Sistema de Educación Superior?

Los organismos de consulta del Sistema de Educación Superior son: la Asamblea del Sistema de Educación Superior y los Comités Regionales Consultivos de Planificación de la Educación Superior.

La nueva Ley de Educación Superior creó la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT). ¿Qué papel desempeña?

La Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT), es el órgano que tiene por objeto ejercer la rectoría de la política pública de educación superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y las instituciones del Sistema de Educación Superior. Está dirigida por el Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación de Educación Superior, designado por el Presidente de la República. Esta Secretaría Nacional cuenta con el personal necesario para su funcionamiento.

4. ¿Concretamente, cuáles son las funciones de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación?

Son funciones de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, las siguientes: a) Establecer los mecanismos de coordinación entre la Función Ejecutiva y el Sistema de Educación Superior; b)ejercer la rectoría de las políticas públicas en el ámbito de su competencia; c) Garantizar el efectivo cumplimiento de la gratuidad en la educación superior; d) identificar carreras y programas considerados de interés público y priorizarlas de acuerdo con el plan nacional de desarrollo; e)diseñar, implementar, administrar y coordinar el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior del Ecuador, y el Sistema de Nivelación y Admisión; f) diseñar, administrar e instrumentar la política de becas del gobierno para la educación superior ecuatoriana; para lo cual coordinará, en lo que corresponda, con el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas; g) establecer desde el gobierno nacional, políticas de investigación científica y tecnológica de acuerdo con las necesidades del desarrollo del país y crear los incentivos para que las universidades y escuelas politécnicas puedan desarrollarlas, sin menoscabo de sus políticas internas; h) elaborar informes técnicos para conocimiento y resolución del Consejo de Educación Superior en todos los casos que tienen que ver con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo; i) elaborar los informes técnicos que sustenten las resoluciones del Consejo de Educación Superior; y, j) ejercer las demás atribuciones que le confiera la Función Ejecutiva y la presente Ley.

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