De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica de Educación Superior que está vigente en el Ecuador desde el 12 de octubre del 2010, las instituciones que forman parte del Sistema de Educación Superior, en el ejercicio de su autonomía responsable, tienen la obligación anual de rendir cuentas a la sociedad, sobre el cumplimiento de su misión, fines y objetivos.
La rendición de cuentas también se lo realizará ante el Consejo de Educación Superior.
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