El artículo 27 del Reglamento General a la Ley de Educación Superior vigente en el Ecuador desde octubre del 2010, señala que el requisito de tener título de posgrado correspondiente a doctorado (Ph.D o su equivalente) en el área afín en que se ejercerá la cátedra para ser profesor titular principal, deberá ser obtenido en una de las universidades con reconocimiento internacional establecida en el listado específico elaborado por la SENESCYT. Sigue leyendo
