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Está reglamentada la Investigación para el aprendizaje

Según el artículo 71 del Reglamento de Régimen Académico aprobado por el Consejo de Educación Superior (CES) y que está vigente desde finales del 2013, la organización de los aprendizajes en cada nivel de formación de la educación superior se sustetará en el proceso de investigación correspondiente y propenderá al desarrollo de conocimientos y actitudes para la innovación científica, tecnológica, humanística y artística, conforme a lo siguiente:

1.- Investigación en educación superior técnica y tecnológica, o sus equivalentes

Se desarrollará en el campo formativo de creación, adaptación e innovación tecnológica, mediante el dominio de técnicas investigativas de carácter exploratorio. Las carreras artísticas deberán incorporar la investigación sobre tecnologías, modelos y actividades de producción artística.

2.- Investigación en educación superior de grado

Se desarrolllará en el marco del campo formativo de la epistemología de investigación de una profesión, mediante el desarrollo de proyectos de investigación de carácter xploratorio y descriptivo. Estas investigaciones se realizarán en los contextos de las prácticas pre profesionales.

3.- Investigación en educación superior de posgrado

Se desarrollará en el marco del campo formativo de investigación avanzada y tendrá carácter analítico, explicativo y correlacional, de conformidad a los siguientes parámetros:

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