Según el artículo 23 del Reglamento de Régimen Académico aprobado por el Consejo de Educación Superior (CES) y que está vigente en el Ecuador, las horas asignadas a la unidad de titulación, serán equivalentes al 20% del número total de horas del programa.
Se consideran trabajos de titulación en la especialización, los siguientes: análisis de casos, proyectos de investigación y desarrollo, productos o presentaciones artísticas, ensayos y artículos académicos o científicos, meta análisis, estudios comparados, entre otros de similar nivel de complejidad.
En el caso de que el estudiante no opte por los trabajos de titulación indicados en el inciso que precede, podrá rendir un examen complexivo, siempre que el programa lo contemple
En cada programa de especialización se deberán establecer, al menos, dos opciones para la titulación.
© 2013 EcuadorUniversitario.Com