Ampliarán plazo para que docentes cumplan con el requisito del Ph.D

La Décima Tercera Disposición Transitoria de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) que está vigente desde octubre del 2010, establece: “ El requisito de doctorado (Ph.D o su equivalente) exigido para ser profesor titular principal, de una universidad o escuela politécnica, será obligatorio luego de siete años a partir de la vigencia de esta Ley. De no cumplirse esta condición, los profesores titulares principales perderán automáticamente esta condición”.

Esta disposición transitoria agrega: «El requisito de haber accedido a la docencia por concurso público de merecimiento y oposición para ser rector de una universidad o escuela politécnica, será aplicable a los docentes que sean designados a partir de la vigencia de la presente Ley».

Tramitan reformas a la LOES

La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Asamblea Nacional inició el análisis de las reformas a la Ley de Educación Superior que están orientadas a responder a una necesidad de las universidades ecuatorianas que consideran que no es suficiente el plazo de siete años que se estableció en la ley que está vigente, para que los profesores principales, a tiempo completo, adquieran el título de doctorado o maestría. Por ello, en el proyecto de reformas a la LOES se amplía el plazo a 10 años.

El proyecto ha sido presentado por el Asambleísta imbabureño Antonio Posso Salgado, ex rector de la Universidad Técnica del Norte.

Lo que dice la LOES

El artículo 150 de la Ley Orgánica de Educación Superior vigente, establece: “Para ser profesor o profesora titular principal de una universidad o escuela politécnica pública o particular del Sistema de Educación Superior se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1.- Tener título de posgrado correspondiente a doctorado (PhD o su equivalente) en el área afín en que ejercerá la cátedra;

2.- Haber realizado o publicado obras de relevancia o artículos indexados en el área afín en que ejercerá la cátedra, individual o colectivamente, en los últimos cinco años;

3.- Ser ganador del correspondiente concurso público de merecimientos y oposición; y,

4.- Tener cuatro años de experiencia docente, y reunir los requisitos adicionales, señalados en los estatutos de cada universidad o escuela politécnica, en ejercicio de su autonomía responsable, los que tendrán plena concordancia con el Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior.

Los profesores titulares agregados o auxiliares deberán contar como mínimo con título de maestría afín al área en que ejercerán la cátedra, los demás requisitos se establecerán en el reglamento respectivo.

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