Institutos forman parte del Sistema de Educación Superior

El artículo 14 de la Ley Orgánica de Educación Superior establece que son instituciones de educación superior: Las universidades, escuelas politécnicas públicas y particulares, debidamente evaluadas y acreditadas, conforme la presente Ley; y, los institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y los conservatorios superiores, tanto públicos como particulares, debidamente evaluados y acreditados, conforme la presente Ley.

Los Institutos Superiores imparten formación de nivel técnico o tecnológico superior, orientado al desarrollo de las habilidades y destrezas que permitan al estudiante potenciar el saber hacer. Corresponden a éste los títulos profesionales de técnico o tecnólogo superior, que otorguen los institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y los conservatorios superiores.

Las instituciones de educación superior no podrán ofertar títulos intermedios que sean de carácter acumulativo.

Con la nueva Ley Orgánica de Educación Superior que está vigente desde el 12 de octubre del 2010, en el Ecuador solo los institutos tecnológicos tendrán la capacidad de otorgar títulos superiores no universitarios. Las universidades podrán hacerlo solo en caso de tener un convenio con algunos de estos institutos.

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