EPN restringirá beneficios a estudiantes por casos de deshonestidad académica

El Consejo Politécnico, en su sesión ordinaria del 6 de mayo de 2021, resolvió restringir los beneficios previstos en la Normativa Transitoria expedida por el Consejo de Educación Superior, establecidos en planes emergentes internos, a estudiantes que cometan faltas de deshonestidad académica. Estas decisiones se plantean como parte de las acciones permanentes de la Escuela Politécnica Nacional para asegurar la formación integral de los estudiantes.

Todos los miembros de la comunidad politécnica deben acoger y practicar permanentemente los valores institucionales, para garantizar la vigencia de los principios de honestidad, experiencia, respeto, responsabilidad, rigurosidad académica, creatividad e identidad politécnica.

Entre los actos de deshonestidad, sujetos a la mencionada restricción, están los siguientes:

  • La reproducción o copia de las ideas de terceros en la parte substancial de tareas, trabajos y similares, sin observar los derechos de autor;
  • El uso de cualquier medio o mecanismo para obtener información que no haya sido autorizada por el profesor para el desarrollo de evaluaciones;
  • La apropiación parcial o total de ideas o información de terceros o pares en evaluaciones;
  • El acuerdo para la suplantación de identidad para la realización de evaluaciones;
  • El acceso no autorizado a reactivos o respuestas de evaluaciones.

También se considerará una actitud contraria a la honestidad académica la presentación de documentación o información fraudulenta.

Quienes cometan las faltas mencionadas perderán los siguientes beneficios:

  1. Retiro de una asignatura, curso o su equivalente, por la pandemia de COVID-19, (Artículo 11 de la normativa transitoria del CES);
  2. Mecanismos de Promoción para una asignatura (Artículo 11ª, de la normativa transitoria del CES); y,
  3. Matrícula excepcional (Artículo 12b, de la normativa transitoria del CES).

www.EcuadorUniversitario.Com