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El procedimiento de reconocimiento de créditos y materias

El procedimiento mediante el cual se reconocerán los estudios realizados por un estudiante en la universidad o escuela politécnica de origen, con el propósito de convalidarlos con créditos, materias u otras actividades académicas contemplados en el plan de estudios de la carrera o programa a la cual postula el estudiante, será el establecido en las normas internas de la institución receptora.

Para los fines de la aplicación del Plan de Contingencia, los estudios y los correspondientes créditos podrán ser homologados mediante la probación de exámenes definidos por las instituciones de educación superior receptora.

El procedimiento de reconocimiento de créditos y materias no podrá durar más de 30 días término desde la fecha de presentación de la solicitud, acompañada del expediente correspondiente, por parte del estudiante.

La Administración Temporal será responsable de expedir y certificar toda al documentación académica exigida por la institución receptora.

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