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Las Carreras de Titulación Especial

De conformidad con el artículo 22 del Reglamento del Plan de Contingencia para las y los estudiantes de las universidades y escuelas politécnicas de categoría “E” suspendidas definitivamente: “Las Carreras de Titulación Especial (CTE), son programas educativos orientados al desarrollo de conocimientos, competencias y destrezas académicas y profesionales y cuya culminación exitosa conduce a la obtención de un título profesional de tercer nivel. Se trata a su vez, de programas transitorios que se inician y culminan con la cohorte 2012”.

Plan de estudios

Los contenidos del Plan de Estudios de las Carreras de Titulación Especial (CTE) deberán estar basados en investigaciones y desarrollos teóricos que reflejen los últimos avances en el campo de la formación y en las mejores prácticas profesionales. Si bien tendrán un carácter fundamentalmente teórico, como requisito previo a la obtención del título, las y los estudiantes deberán aprobar un mínimo de 200 horas de pasantías pre profesionales debidamente monitoreadas en el campo de su formación.

Duración de las Carreras de Titulación Especial

Las Carreras de Titulación Especial contemplarán 245 créditos, incluido el trabajo de titulación o el Seminario de Culminación de Estudios.

La aprobación de créditos, materias u otras actividades académicas contemplados en el plan de estudios de la carrera y el cumplimiento de los requisitos adicionales establecidos en la LOES y en el Reglamento Codificado del Régimen Académico del Sistema Nacional de Educación Superior, incluidos la defensa del trabajo de titulación no podrá extenderse más allá de 4 años desde el inicio de la Carrera.

Del reconocimiento de créditos y materias

Para acceder a una Carrera de Titulación Especial, cada estudiante tendrá la obligación de rendir exámenes de resultados de aprendizaje para ubicación, con el propósito de agilizar el proceso de reconocimiento de créditos aprobados en su institución de origen.

El reconocimiento de créditos se realizará, por esta única vez, a través de la aprobación del correspondiente examen de resultados de aprendizaje para ubicación, tal como se especifica a continuación:

1. A las y los estudiantes que de acuerdo al rendimiento alcanzado en la prueba de resultados de aprendizaje queden ubicados en cuarto año de una Carrera de Titulación Especial se le reconocerá 150 créditos.

2. A las y los estudiantes que de acuerdo al rendimiento alcanzado en la prueba de resultados de aprendizaje queden ubicados en tercer año de una Carrera de Titulación Especial se le reconocerá 100 créditos.

3. A las y los estudiantes que de acuerdo al rendimiento alcanzado en la prueba de resultados de aprendizaje queden ubicados en segundo año de una Carrera de Titulación Especial se le reconocerá 50 créditos.

De las Carreras de Titulación Especial

Podrán implementarse Carreras de Titulación Especial en las áreas de educación, humanidades y arte, ciencias sociales, educación comercial y derecho, ciencias básicas, agricultura, servicios y en ciertos campos de la salud con excepción de medicina, enfermería, obstetricia, odontología e ingenierías, así como otras de interés público.

El listado de las Carreras de Titulación Especial será aprobado por el Consejo de Educación Superior –CES- mediante resolución.

El CES podrá determinar la no apertura de una Carrera de Titulación Especial si no existe un número adecuado de estudiantes y proponer en su remplazo alguno de los mecanismos contemplados en el Reglamento del Plan de Contingencia, u otro especial.

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