Asamblea Nacional se volverá a reunir este martes en modalidad virtual

Por disposición de Guadalupe Llori Abarca, presidenta de la Asamblea Nacional, este martes, 25 de mayo, los legisladores retomarán la sesión de instalación de la Legislatura, con el propósito de continuar con el orden del día, en el cual consta la designación de Secretario/a General y Prosecretario/a General, para el período 2021-2023.

La continuación de la sesión de instalación del período 2021-2025 está convocada a partir de las 14h00, en modalidad virtual. Para el efecto, las y los asambleístas recibieron  capacitación previa, la tarde de este  lunes 24 de mayo.

En aplicación de lo dispuesto en el inciso octavo del artículo 10 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), la Secretaria o Secretario General y la Prosecretaria o Prosecretario General serán elegidos por la mayoría absoluta de las y los miembros de la Asamblea Nacional, y serán posesionados de manera inmediata a su elección.

Elección en binomio

La norma constante en el inciso primero del Art. 19 de la LOFL establece que la Secretaria o Secretario General y la Prosecretaria o Prosecretario General de la Asamblea Nacional, serán elegidos en binomio, el mismo día de la instalación de la Legislatura y conforme con la Constitución de la República y esta Ley. Durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos. Estarán impedidos de desempeñar otro cargo público a excepción de la docencia universitaria, siempre que su horario lo permita.

Funciones del Secretario

Son 21 las funciones del Secretario/a o del Prosecratario/a, cuando haga sus veces, entre ellas:asistir a las sesiones del Pleno y del Consejo de Administración Legislativa y levantar las actas de estas;constatar el quórum por disposición de la Presidenta o del Presidente de la Asamblea Nacional; llevar un registro de los retrasos, ausencias y faltas de las y los asambleístas a las sesiones del Pleno y de las comisiones; constatar la votación y proclamar los resultados por orden de la Presidenta o del Presidente de la Asamblea Nacional; certificar y notificar las decisiones de la Asamblea Nacional y del Consejo de Administración Legislativa.

Igualmente, responsabilizarse del manejo y archivo de los documentos de la Asamblea Nacional y del Consejo de Administración Legislativa y de su publicación en el Registro Oficial, cuando corresponda; responsabilizarse de las unidades de Gestión Documental, Archivo-Biblioteca, y actas; recibir las mociones que las y los asambleístas presenten por escrito, a través del Sistema de Gestión Documental; poner en conocimiento de las y los asambleístas, a través del portal web oficial de la Función Legislativa y de los correos electrónicos institucionales, por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación y previa aprobación de la o el Presidente de la Asamblea Nacional, el orden del día y los documentos de respaldo de las sesiones del Pleno.

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