Con fecha 6 de septiembre de 2017 el Presidente de la República, Lenín Moreno, emitió el Decreto Ejecutivo No. 135 que establece las nuevas normas de austeridad del gasto público.
En Ecuador rigen hoy nuevas normas de optimización y austeridad de gastos públicos aprobadas por decreto presidencial, que establece, entre otras cosas, reducir el 10 por ciento de los sueldos que se paga a servidores públicos, el pago de horas extras se racionaliza, las vacantes en instituciones públicas se eliminan, se regula la contratación de publicidad, así como la compra de pasajes aéreos o teléfonos celulares. Las instituciones de la Función Ejecutiva podrán contratar propaganda previa autorización de la Secretaría de la Presidencia; en cuanto al uso de teléfonos celulares se autoriza la asignación de estos equipos solo a funcionarios grado 7 y superiores de la escala de Remuneración Mensual Unificada del nivel jerárquico superior.
Entre los cambios incluye la unificación de la escala remunerativa del personal de las empresas públicas con el del resto de trabajadores del servicio público.
Tras el anuncio de la medida y previo a su aprobación, el ministro de Trabajo, Raúl Ledesma, aclaró que la reducción de sueldos se aplicaría para remuneraciones mensuales a partir de los dos mil 368 dólares y hasta los seis mil 261.
Asimismo, el Decreto 135 determina un recorte salarial para los empleados del nivel jerárquico superior desde el grado dos en un 10% a partir del 1 de septiembre del 2017. De esta última disposición se exceptúan a los directores y gerentes de hospitales, unidades de salud, directores y rectores, miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Comisión de Tránsito.
El Ministerio, además, reestructurará las escalas salariales. La disposición incluye a las empresas públicas y las instituciones que conforman la banca pública. “Los servidores públicos de nombramiento regular que a la fecha reciban una remuneración mensual unificada superior al grado dos mantendrán su remuneración actual bajo criterio de sobrevaloración”.
Asimismo, quedó suspendido el pago de remuneración variable por eficiencia para los ejercicios fiscales 2017 y 2018, e igualmente se eliminan las vacantes de todas las instituciones del Estado, salvo las que previo informe técnico del Ministerio de Trabajo se determine su estricta necesidad.
Las unidades de gestión de talento humano de todas las instituciones del Estado crearán un banco de servidores a disposición del Ministerio de Trabajo, para que dichos funcionarios puedan ser reasignados a cumplir tareas en otras entidades.
El documento establece además la racionalización del pago por horas extras o extraordinarias, el cual será máximo de 30 al mes, y debidamente justificado.
También estarán sujetos a evaluación el trabajo en empresas públicas petroleras, mientras los contratos de servicios de contratación y consultorías por honorarios solo se podrán ejecutar si el objeto de contratación hace referencia a actividades relacionadas con los procesos que agregan valor a las entidades sujetas al ámbito del decreto.
Además, se establece que los viajes al exterior de servidores públicos de la Función Ejecutiva, cuyo objetivo sea la participación en eventos oficiales, serán previamente calificados y autorizados por la Secretaría General de la Presidencia de la República.
En la adquisición de boletos de avión se elimina la compra de pasajes premier (que permiten cambiar la hora o fecha), salvo para miembros de gabinete y personal autorizado por la Secretaría de la Presidencia.
Otro de los artículos prohíbe en la Función Ejecutiva la compra de vehículos de alta gama y se autoriza el uso máximo de dos vehículos todo terreno.
También se prohíbe la instalación de sirenas y balizas en vehículos oficiales y se dispone la inmediata desinstalación de las mismas, con excepción de las autorizadas por la Secretaría de la Presidencia.
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