El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional anunció este martes 21 de diciembre nuevas resoluciones que estarán vigentes en el Ecuador, luego de analizar la situación epidemiológica a causa de la variante Ómicron del coronavirus.
“Sabemos que la variante Ómicron es entre siete y 17 veces más contagiosa que Delta, pero al haber iniciado hace menos de un mes la propagación a nivel mundial no tenemos claro cuál es su comportamiento epidemiológico”, manifestó la Ministra de Salud, Ximena Garzón.
Destacó que continúan con la estrategia de cercos epidemiológicos de tres anillos. Significa que están aislados los contactos de las personas infectadas con la variante Ómicron y también los contactos de esos contactos.
Los casos de Ómicron en Ecuador se encuentran sin complicaciones, con cuadros leves en sus domicilios y recibiendo tratamiento para su sintomatología, manifestó.
VACUNA DE REFUERZO
A partir de este miércoles 22 de diciembre todas las personas de 60 años o más, que tienen cinco meses de haber recibido su segunda dosis ya pueden ponerse la de refuerzo. “Queremos que la ciudadanía tenga el escudo suficiente para tener una Navidad y Año Nuevo seguras en compañía de sus familias”, dijo.
El viceministro de Gobernanza y Vigilancia de la Salud, José Ruales, agregó que para el rango de edad de 18 a 59 años , la dosis de refuerzo se mantiene a los seis meses de la segunda.
EXIGENCIA DEL CARNÉ DE VACUNACIÓN DESDE ESTE 23 DE DICIEMBRE
El presidente del COE Nacional, Juan Zapata, dijo que su equipo legal se encuentra revisando la base jurídica que le permita al COE, sin depender de los GAD, implementar la solicitud del carné o certificado de vacunación en espacios de actividades no esenciales como centros comerciales, restaurantes, mercados, etc.
Tras ese análisis, la medida entraría en vigencia a partir el jueves 23 de diciembre y se extendería hasta el 24 de enero del 2022. Zapata indicó que empatarían el protocolo establecido en la Ley de Salud Pública con la competencia de las Intendencias. “Si alguien está en un lugar de los establecidos y no tiene certificado de vacunación se sancionaría al establecimiento”.
La solicitud del certificado de vacunación será para personas a partir de 12 años. Garzón dijo que además, en los sitios de actividades no esenciales se deberá cumplir con estrictos protocolos de bioseguridad como la ventilación de espacios, distanciamiento, uso de mascarilla y aseo de manos.
Resoluciones COE Nacional
2.Revisada la situación epidemiológica y el registro de casos de la nueva variante Ómicron en nuestro paísreportado por el Ministerio de Salud Pública, exigir a los Gobiernos Autónomos Descentralizados, emitan la normativa correspondiente de conformidad con sus competencias, para dar cumplimiento a los siguientes lineamientos que tendrán vigencia desde el 23 de diciembre a las 00:01 hasta el 23 de enero a las 23:59:
a) Limitación de aforos: Durante las festividades con motivo de Navidad y Año Nuevo se establezcan limitaciones de aforos de la siguiente manera:
– Mercados, ferias, supermercados (una persona por familia), centros comerciales, museos, entidades financieras y entidades gubernamentales con atención al público con un aforo máximo del 75%.
– Restaurantes, patios de comida, templos religiosos, ferias de emprendimiento, cines y teatros (sin venta y consumo de alimentos y bebidas), gimnasios, balnearios, spa y similares (sin atención en baños turcos y saunas) con un aforo máximo del 50%.
b) Prohibición de eventos públicos y privados, incluye: bares, discotecas, centros de tolerancia y afines, centros de convenciones(cenas y almuerzos corporativos), salas de recepciones, conciertos, pases de niño, procesiones, novenas en espacio público, festivales de año viejo, fiestas populares, verbenas, bailes populares y eventos barriales.
c) Medidas de bioseguridad: Vigilar el estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, uso permanente de mascarilla, higiene de manos, ventilación adecuada y distanciamiento social.
d) Playas: Aquellos cantones que cuenten con playas y balnearios, deberán establecer un aforo máximo del 75% y establecer un horario para su uso desde las 06:00 hasta las 18:00.
e) Espacio público: Control y vigilancia del espacio público, del comercio autónomo no regularizado y aglomeraciones.
3. La Autoridad Sanitaria Nacional emitirá la Norma Técnica para exigir de forma obligatoria la presentación del certificado o carnet de vacunación con esquema completo (dos dosis o una dosis según corresponda), para el ingreso a lugares de atención al público a toda persona mayor de 12 años. La presentación obligatoria del certificado aplica exclusivamente para actividades no esenciales, quedando exentas aquellas dedicas a salud, educación, trabajo y servicios públicos. El control y vigilancia del cumplimiento de esta medida corresponderá a las intendencias de policía en coordinación con los órganos competentes de cada gobierno autónomo descentralizado cantonal.
4. Luego del 23 de enero del 2022 se realizará la evaluación de la permanencia o no de las medidas adoptadas mediante esta resolución.
5. Autorizar el incremento de frecuencias de transporte interprovincial al 100%.
6. Ratificar la decisión de homologar los certificados de vacunación entre Ecuador y Colombia.
Dado y acordado en la sesión Plenaria del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, desarrollado de manera virtual y presencial, por unanimidad de los miembros plenos, el martes 21 de diciembre de 2021.
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