Virgilio Saquicela dispuso que este lunes sesione el CAL para conocer y resolver sobre la solicitud de juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso

Virgilio Saquicela, presidente de la Asamblea Naional, dispuso que este lunes  20 de marzo de 2023 sesione, de manera presencial,  el  Consejo de Administración Legislativa (CAL), para  conocer y resolver sobre lasolicitud de juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso.

La sesión del CAL que está integrada por siete asammblesías incluido el presidente Virgilio SDaquicela, se realizará a partir de las 15:00 horas.

Los siete legisladores que integran el CAL, incluido Saquicela, deberán conocer y resolver sobre la solicitud de juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso.

El informe de la UTL concluye que la solicitud de enjuiciamiento político, presentada por los asambleístas Viviana Veloz, Pedro Zapata, Mireya Pazmiño y Rodrigo Fajardo, cumple con todos los requisitos establecidos en el artículo 129 de la Constitución. Así como con los artículos 86 y 87 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Detalla que el pedido de juicio político se presentó ante el presidente de la Asamblea Nacional y «se encuentra debidamente fundamentado«. Además, «contiene correctamente la formulación por escrito de los cargos atribuidos al Presidente de la República».

También indica que se ha constatado que existe el anuncio de la totalidad de la prueba que se presentará, acompañando la prueba documental correspondiente. Además, «se ha formalizado el pedido con las firmas de al menos una tercera parte de los miembros de la Asamblea Nacional, en el formulario correspondiente, declarando que las firmas son verídicas y que corresponden a sus titulares».

Sobre la base de lo expuesto, el informe de la UTL recomienda que el Consejo de Administración Legislativa “admita a trámite la precitada solicitud de enjuiciamiento político”.

Agrega que, “al amparo de lo que determina el inciso primero del artículo 88 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, remita a la Corte Constitucional dicha solicitud de enjuiciamiento político, a fin de que emita el dictamen previo de admisibilidad”.

En el artículo 129 de la Constitución se establece que para iniciar el juicio político se requerirá el dictamen de admisibilidad de la Corte. Pero no será necesario el enjuiciamiento penal previo.

En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente, con base en las pruebas de descargo presentadas por el Presidente de la República.

Lasso es señalado por los proponentes del juicio político por supuestamente adecuar su conducta a los delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito, determinados en la causal 2 del artículo 129.

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