El nuevo Reglamento de Régimen Académico

Por: Dr. Luis Rivadeneira Játiva

Lo sustancial del nuevo Reglamento  de Régimen Académico aprobado por el Consejo de Educación Superior (CES) a finales de noviembre de 2013 y que está vigente en el Ecuador, tiene que ver con lo siguiente:

1. Define en la estructura curricular, la Unidad de Titulación para la realización del trabajo de titulación, que valida los conocimientos, habilidades y desempeños adquiridos en la carrera para la resolución de problemas, dilemas o desafíos de una profesión. Para mejorar el número de graduados, la nueva forma de graduación es a través de trabajos de titulación en los diferentes niveles, que deben guardar correspondencia con los aprendizajes adquiridos en la carrera. (Art. 21, numeral 3). En este mismo artículo se concentra lo más importante del Reglamento que permitirá mejores resultados en referencia al número de graduados, a través de los trabajos de titulación.

2. Hay que elevar el índice de graduados en las universidades, del promedio nacional del 14% de graduados en referencia al número de matriculados, hasta llegar, de ser posible, al 100% de graduados, por lo cual las universidades y escuelas politécnicas deben organizarse para hacer del trabajo de titulación algo práctico. La idea es facilitar toda clase de herramientas e instrumentos para que el estudiante tenga gusto de graduarse y haga su trabajo con el mejor agrado. Si se escribe una guía, la misma debe ser práctica, escrita en lenguaje sencillo y de pocas páginas para que las mismas sean leídas, porque recogen lo sustancial sobre los trabajos de titulación. Debemos escribir un folleto de contenido esencial sobre este nuevo proceso de graduación.

3. Tiene como objetivo transformar a las universidades en centros de excelencia académica, investigación científica y vinculación con la comunidad, lo cual es importante resaltar, en una época en la cual se está invirtiendo en la educación y se han creado 4 universidades emblemáticas, las cuales son nuevas ciudades del conocimiento en diferentes campos del saber.

4. Señala la duración de los periodos académicos de las carreras de: educación técnica, tecnológica y de grado. En cada nivel de formación, el estudiante deberá cumplir con un determinado número de horas para obtener la correspondiente titulación. Los estudios a tiempo completo suponen la realización de 800 horas por periodo académico ordinario; los estudios con dedicación a tiempo parcial, siempre que el estudiante se haya matriculado en al menos 60% de las asignaturas, cursos o sus equivalentes. El total de horas destinadas en cada carrera o programa a la organización curricular puede ampliarse hasta por un máximo del 5% de los valores establecidos en el artículo 16 del Reglamento. Las horas adicionales deberán ser distribuidas a lo largo de la formación curricular en los periodos académicos extraordinarios establecidos en el artículo 13 de este Reglamento. Las horas destinadas a las prácticas pre profesionales y a la unidad de titulación se podrán desarrollar tanto en los periodos académicos ordinarios como en los extraordinarios.

ND: El doctor Luis Rivadeneira Játiva es Docente principal de la Universidad Tecnológica Equinoccial.

Representante docente al Colegio Electoral de la Asamblea del CES. Recibió la Condecoración Equinoccial 2013.

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