Archivo de la etiqueta: LOES

Legislación que respaldó aprobación del Reglamento de Carrera y Escalafón

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 169 literal m, numeral 4 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), el CES aprobó el 31 de octubre de 2012, el Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior. Sigue leyendo

Todavía no se integran los organismos de consulta del Sistema de Educación Superior

Son órganos de consulta del Sistema de Educación Superior, en sus respectivos ámbitos, los siguientes: a) La Asamblea del Sistema de Educación Superior; y, b) Los Comités Regionales Consultivos de Planificación de la Educación Superior. Sigue leyendo

Universidades se clasificarán por actividades académicas que realicen

El artículo 117 de la Ley Orgánica de Educación Superior vigente desde octubre de 2010, expresa que las instituciones de Educación Superior de carácter universitario o politécnico se clasificarán de acuerdo con el ámbito de las actividades académicas que realicen. Sigue leyendo

Requisito para el ingreso a las instituciones del Sistema de Educación Superior

El artículo 82 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) vigente en el Ecuador desde octubre de 2010, señala que para el ingreso a las instituciones de educación superior se requiere: a) Poseer título de bachiller o su equivalente, de conformidad con la Ley; y, b) En el caso de las instituciones de educación superior públicas, haber cumplido los requisitos normados por el Sistema de Nivelación y Admisión, el mismo que observará los principios de igualdad de oportunidades, mérito y capacidad. Sigue leyendo

Requisitos para aprobación de cursos y carreras

Según el artículo 84 de la Ley Orgánica de Educación Superior, LOES, los requisitos de carácter académico y disciplinario necesarios para la aprobación de cursos y carreras, constarán en el Reglamento de Régimen Académico, en los respectivos estatutos, reglamentos y demás normas que rigen al Sistema de Educación Superior. Solamente en casos establecidos excepcionalmente en el estatuto de cada institución, un estudiante podrá matricularse hasta por tercera ocasión en una misma materia o en el mismo ciclo, curso o nivel académico. Sigue leyendo