Proponen ampliar el plazo para cumplir con el requisito del PhD.

El martes 10 de octubre, Augusto Barrera, secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT); Enrique Santos, presidente del Consejo de Educación Superior (CES); y, Gabriel Galarza, presidente del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES), comparecieron al pleno de la Asamblea Nacional para presentar, de forma conjunta y coordinada, sus propuestas de reforma a la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES).

En una de esas prpuestas se plantea reformar la Décima Tercera Disposición Transitoria de la LOES.

Según dicha reforma, el requisito de doctorado (PhD o su equivalente) exigido para ser profesor titular principal, será obligatorio luego de 11 años a partir de la vigencia de Orgáica de Edcación Superior (LOES).

De no cumplirse esta condición, los profesores titulares principales pasarán a formar parte del escalafón previo en los términos y condiciones establecidos por el Consejo de Educación Superior.

VEAMOS LO QUE DICE LA LEY VIGENTE

Décima Tercera.- El requisito de doctorado (PhD o su equivalente) exigido para ser profesor titular
principal, de una universidad o escuela politécnica, será obligatorio luego de 7 años a partir de la
vigencia de esta Ley. De no cumplirse esta condición, los profesores titulares principales perderán
automáticamente esta condición.

El requisito de haber accedido a la docencia por concurso público de merecimiento y oposición para ser rector de una universidad o escuela politécnica, será aplicable a los docentes que sean designados a partir de la vigencia de la presente Ley.

NOTA: La LOES fue aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente el 4 de agosto de 2010 y entró en vigencia en el mes de octubre del mismo año.

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