Nuevas restricciones que rigen para el semáforo en Rojo

A partir del 1 de julio, el sistema de semaforización presenta algunas modificaciones aprobadas por el Comité Nacional de Operaciones de Emergencia (COE). Los cambios pretenden desescalar el confinamiento y lograr la reactivación productiva del país para enfrentar el impacto económico provocado por la pandemia por el COVID-19. Solo en Quito se mantendrán algunas excepciones.

Las nuevas restricciones que rigen para el semáforo en rojo son las siguientes:

  • Horario de toque de queda: 18h00 a 05h00.
  • Vehículos particulares y motos circularán dos días de lunes a viernes; mientras que sábado y domingo tienen prohibida la circulación.
  • Los taxis, el transporte mixto y de carga liviana, circularán de lunes a sábado según el último número de la placa (par o impar), y los domingos podrán brindar su servicio sin restricciones.
  • El transporte urbano circulará conforme a las restricciones establecidas por los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) municipales, cumpliendo el aforo y normas de bioseguridad; mientras que el transporte institucional transitará todos los días, sin restricción de placa y aplicando protocolos.
  • Se autorizan las consultas médicas externas de todas las especialidades; además, de las cirugías programadas y los programas de protección sanitaria y social a grupos vulnerables.
  • Se mantiene restringido el transporte interprovincial.
  • Las actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados, se reanudan al 30%.
  • Las actividades comerciales se reanudan con el 30% del aforo permitido en cada establecimiento.
  • Las reuniones sociales, públicas o privadas, se mantienen prohibidas.
  • Está autorizada la movilización para los abogados, con su credencial como habilitante.

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