
Con la finalidad de que los estudiantes de las instituciones de educación superior privadas del país conozcan cómo se invierte el dinero que pagan por concepto de aranceles, y en cumplimiento de lo que determinan la Constitución de la República y la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), ha surgido desde sus mismos beneficiarios (en conjunto estudiantes y rectores universitarios), la iniciativa de presentar al Consejo de educación Superior (CES) una propuesta de reglamento que incluye parámetros para establecer el costo de la educación superior. De esta manera, si una institución de educación superior eleva sus aranceles, deberá justificar cuáles serán las mejoras que ofrecerá en sus servicios.
En este proceso, el Ministerio Coordinador de Conocimiento y Talento Humano (MCCTH) ha cumplido el rol de facilitador para que la Federación de Estudiantes Universitarios Particulares del Ecuador y los rectores que conforman la Corporación Ecuatoriana de Universidades Particulares (CEUPA), presenten hoy al Consejo de Educación Superior (CES), una propuesta de reglamento que contempla los siguientes parámetros para establecer el costo de la educación superior:
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PARÁMETRO |
PORCENTAJE |
| Costo académico | Al menos 45% del valor total del costo de la educación superior. (Gestión académica máximo 20 % del costo académico) |
| Costo de investigación | Al menos el 5% del costo total de educación superior |
| Costo administrativo | Máximo el 35% en relación al costo de educación superior |
| Costo de la provisión de reservas | Máximo el 25% del costo de educación superior. (el monto de la provisión no podrá exceder al presupuesto total de 4 años de la institución de educación superior) |
Esta propuesta de reglamento, que es el producto de una serie de talleres participativos, incluye también parámetros para establecer: costo de educación superior por crédito; cobro al estudiante por el costo de educación superior por carrera; e incremento del costo de educación superior.
El objetivo es que las universidades y escuelas politécnicas, para iniciar los procesos de admisión, y en cada período académico, publiquen en su portal electrónico así como en cualquier otro medio de información, los costos de educación superior y la tabla de diferenciación de cobros por carrera. De igual manera, cualquier miembro de la comunidad universitaria podrá solicitar por escrito información adicional sobre el tema a la máxima autoridad de la institución de educación superior o a su delegado.