Por: Dr: Juan Morales Ordóñez
La Constitución de la República del Ecuador de 2008 consagra una verdadera ruptura en la Teoría del Derecho sin que la misma reciba un adecuado tratamiento por el sistema nacional de educación jurídica.
Los elementos que conforman el Derecho son definidos constitucionalmente de manera específica e innovadora.
La Teoría de las Fuentes del Derecho, uno de esos elementos, relacionado con los modos de creación de lo jurídico, es tratada de manera diferente a la tradicional, priorizando los valores o principios morales sobre las otras fuentes.
La Ley conserva su importancia superlativa, sin embargo, es posible dejarla de lado para aplicar el criterio justicia cuando se presente un conflicto entre la formalidad de la norma positiva y ese valor supremo del Derecho. La Costumbre, tradicionalmente supeditada a su validación expresa por parte de la Ley, adquiere mayor importancia en varios espacios jurídicos como en la justicia indígena. La Jurisprudencia se formaliza al contar con un procedimiento específico para ser declarada como tal y adquiere fuerza de Ley cuando se ha cumplido ese proceso. Los Principios Generales del Derecho, fuente casi retórica en el pasado, llegan a tener la mas alta relevancia, pues se constitucionalizan y se convierten en derechos y garantías. La Doctrina o teoría jurídica, sin ser aún determinante –en virtud de la ausencia de un núcleo teórico básico conocido por todos los actores del sistema- tiende a ser cada vez más importante por el mejoramiento de la calidad de la educación jurídica.
La nueva Teoría de las Fuentes del Derecho y los otros elementos de la estructura jurídica -conceptos, instituciones, lenguaje, razonamiento, interpretacion y aplicacion- deben ser debatidos al interior de las Escuelas de Derecho y de los otros foros jurídicos, para luego incidir en la elaboración de un renovado modelo de enseñanza – aprendizaje del Derecho, que los estudie sistemáticamente.
En el caso de las Fuentes del Derecho, se deben tratar y conocer todas, pero sobretodo las relacionadas con lo social y lo axiológico. Si los Principios Generales del Derecho son relevantes, es preciso que se los aborde con profundidad. Asignaturas como Filosofía del Derecho y otras afines son fundamentales. Pero, los valores no pueden ser entendidos si no conocemos con certeza la realidad social en la que se aplican. Por eso, es prioritario el estudio de la Sociología del Derecho y otras Ciencias Sociales que permitan comprender nuestra sociedad y sus necesidades.
Si iniciamos el debate sobre educación jurídica en el Ecuador, sin duda, obtendremos afinamientos y precisiones que contribuirán para que el Derecho sea comprendido y sentido como lo que ha sido y es en todas las civilizaciones… el más importante sistema de convivencia social.