Saberes ancestrales deben adquirir estatuto académico

Así lo recomienda el informe del Mandato Nº 14 elaborado por el Consejo Nacional de Educación Superior, CONESUP, en el 2009 y entregado a la Asamblea Legislativa, dando cumplimiento a lo dispuesto en julio del 2008 por la Asamblea Nacional Constituyente reunida en Montecristi, Manabí.

En el texto denominado “Autodeterminación en la generación de pensamiento y conocimiento” que forma parte de los principios orientadores de la educación superior determinados por el mencionado documento del CONESUP, consta que “Las instituciones de educación superior deben disponer de condiciones propicias de libertad e independencia para producir pensamientos y conocimientos propios que permitan articularse al pensamiento universal. De la misma manera, deben crearse las condiciones para establecer un encuentro necesario entre la ciencia y la tecnología con los saberes ancestrales”.

Ya es hora, puntualiza el informe, de que “los saberes ancestrales adquieran el estatuto académico correspondiente y puedan integrarse y formar parte de la formación técnica, tecnológica, universitaria y politécnica”.

Entre otros de los principios orientadores de la educación superior se señalan: Formación científica, técnica y humana, legalidad, autonomía responsable, cogobierno, alternabilidad, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad, planificación, evaluación y acreditación, autodeterminación en la generación de pensamiento y conocimiento.

© 2011 EcuadorUniversitario.Com

Deja una respuesta