Modalidades de estudios o aprendizaje en las universidades

Según el Reglamento de Régimen Académico, aprobado por el Consejo de Educación Superior (CES), las modalidades de estudios o aprendizaje son modos de gestión de los aprendizajes implementados en determinados ambientes educativos, incluyendo el uso de las tecnologías de la comunicación y de la información.

El aprendizaje puede efectuarse en distintos ambientes académicos y laborales, simulados o virtuales y en diversas formas de interacción entre profesores y estudiantes. Para su desarrollo, deberá promoverse la convergencia de medios educativos y el uso adecuado de tecnologías de información y comunicación. Las formas y condiciones de su uso, deben constar en la planificación curricular y en el registro de actividades de la carrera o programa. Independientemente de la modalidad de aprendizaje, toda carrera o programa debe desarrollar niveles de calidad educativa.

Modalidades de estudios

El Reglamento de Régimen Académico señala que las Instituciones de Educación Superior podrán impartir sus carreras y programas en las siguientes modalidades de estudios o aprendizaje:

1.- Presencial;

2.- Semipresencial;

3.- Dual;

4.- En línea, y,

5.- A distancia.

Estudiantes con capacidades diversas

El artículo 40 del Reglamento de Régimen Académico expresa que en cada una de las modalidades de estudios o aprendizaje, los estudiantes con capacidades diversas tendrán el derecho a recibir una educación que incluya recursos, medios y ambientes de aprendizaje para el despliegue de sus capacidades intelectuales, físicas y culturales.

Modalidad presencial

Es aquella en la cual los componentes de docencia y de práctica de los aprendizajes, se organizan predominantemente en función del contacto directo in situ y en tiempo real entre el profesor y los estudiantes.

Modalidad en línea

Es la modalidad en la cual, el componente de docencia, el de prácticas de los aprendizajes, y el de aprendizaje autónomo están mediados fundamentalmente por el uso de tecnologías informáticas y entornos virtuales que organizan la interacción educativa del profesor y el estudiante, en tiempo real o diferido.

En esta modalidad, las Instituciones de Educación Superior deben garantizar la organización, ejecución, seguimiento y evaluación de las prácticas pre profesionales, a través de los respectivos convenios y de una plataforma tecnológica y académica apropiada. Podrán reconocerse acuerdos y certificaciones de trabajos prácticos realizados en las condiciones académicas determinadas en la normativa para el Aprendizaje en Línea y a Distancia que expida el Consejo de Educación Superior.

Modalidad a Distancia

Es la modalidad en la cual el componente de docencia, el de prácticas de los aprendizajes y el de aprendizaje autónomo están mediados por el uso de tecnologías y entornos virtuales, y por la articulación de múltiples recursos didácticos (físicos y digitales). Para su desarrollo, es fundamental la labor tutorial sincrónica y el respaldo administrativo-organizativo de centros de apoyo.

En esta modalidad las IES deben garantizar la organización, dirección, ejecución, seguimiento y evaluación de las prácticas pre profesionales, a través de los respectivos convenios y de una plataforma tecnológica y académica apropiada, mediante los centros de apoyo coordinados por la sede matriz. Obligatoriamente se deberá contar con una plataforma tecnológica integral de infraestructura, y una asistencia de alta calidad del profesor, gestionada principalmente por personal académico titular.

Los requisitos y procedimientos de esta modalidad serán definidos en la Normativa para el Aprendizaje en Línea y a Distancia que expida el Consejo de Educación Superior.

Modalidad Dual

En esta modalidad, el aprendizaje del estudiante se produce tanto en entornos institucionales educativos como en entornos laborales reales, virtuales y simulados, lo cual constituye el eje organizador del currículo. Su desarrollo supone además la gestión del aprendizaje práctico con tutorías profesionales y académicas integradas in situ, con inserción del estudiante en contextos y procesos de producción. Para su implementación se requiere la existencia de convenios entre las IES y la institución que provee el entorno laboral de aprendizaje.

Los requisitos y procedimientos de esta modalidad serán definidos en la Normativa para el Aprendizaje en modalidad dual que expida el Consejo de Educación Superior.

Modalidad semipresencial o de convergencia de medios

En esta modalidad, el aprendizaje se produce a través de la combinación eficiente de actividades in situ y virtuales en tiempo real con apoyo de tecnologías de la información y de la comunicación para organizar los componentes de docencia, de aprendizaje práctico y autónomo.

Uso complementario de otras modalidades de aprendizaje

Los estudiantes podrán tomar hasta un 15%, en grado, y hasta un 20%, en posgrado, de las asignaturas, cursos o sus equivalentes de la correspondiente carrera o programa en otras modalidades de aprendizaje, en tanto exista la oferta en la misma u otras IES, siguiendo los procedimientos establecidos por cada Institución de Educación Superior, y siempre que la carrera o programa estén acreditados por el CEAACES en la misma o superior categoría. Adicionalmente, las propias IES podrán planificar el proceso de aprendizaje de una carrera o programa académico con este mismo o inferior porcentaje en otras modalidades de aprendizaje.

Para garantizar la calidad y pertinencia de la oferta académica, no todas las carreras y programas académicos podrán ofertarse en modalidades semipresencial, a distancia o en línea; para tal efecto, el Consejo de Educación Superior establecerá la normativa respectiva.

La norma para la presentación y registro de las carreras y programas considerará las diferencias entre las distintas modalidades de aprendizaje.

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