Un comunicado Oficial del Cordicom enviado a nuestro medio, señala: «Ante las tergiversaciones emitidas desde sectores políticos interesados y tomadas por ciertos medios sobre los informes elaborados por el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom) en relación al caso “Bonil” y la caricatura del asambleísta Agustín Delgado, PRECISAMOS:
• NO EXISTE “DISCREPANCIA” EN EL PROCESO ADMINISTRATIVO. El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación es un órgano técnico que tiene la función, entre otras, de preparar los informes sobre posibles contenidos discriminatorios los cuales sirven de insumo para la toma de decisiones de la Supercom. Esta institución ni “acusa” ni tampoco actúa de oficio. Al tratarse de un órgano eminentemente técnico, sus conclusiones son el producto de profundos análisis de un equipo multidisciplinario realizados por solicitud de la institución competente en la reparación de derechos vulnerados. En este caso, el pedido de la Supercom fue “expedir la resolución motivada pertinente, tendiente a esclarecer si los contenidos comunicacionales motivos de la denuncia referida tienen o no elementos para ser calificados como discriminatorios”. El rol del Cordicom es indagar en los contenidos denunciados para determinar si existe cualquier tipo de discriminación, más allá de las alegaciones específicas contenidas en la denuncia que da inicio a cada proceso.
Las conclusiones de los informes técnico y jurídico del Cordicom guardan perfecta coherencia con el pedido de la Supercom, con la aplicación de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) y el procesamiento de infracciones administrativas establecidas en el reglamento expedido por este Consejo.
• LAS CONCLUSIONES DEL INFORME TÉCNICO. El informe técnico fue aprobado por el Pleno del Cordicom el 23 de diciembre de 2014. Dicho informe concluye que hay discriminación “por condición socioeconómica” debido a la referencia peyorativa que, en general, se hace de los pobres y, en específico, sobre el origen del asambleísta Agustín Delgado. El humor transfigurado en distinción inferiorizante puede perpetuar las diferencias sociales y menoscabar el derecho de las personas. La desigualdad estructural impidió que ciertos grupos sociales no accedieran a satisfacer ni siquiera las necesidades básicas y tampoco pudieran ejercer sus derechos fundamentales a la salud o la educación. Este escenario no es de burla sino de vergüenza para un Estado que negó esas oportunidades.
• LA METODOLOGÍA DE LOS INFORMES TÉCNICO Y JURÍDICO. Para los reportes, como parte de un procedimiento interno, la dirección de Evaluación de Contenidos del Cordicom hace uso de la Semiótica y del Análisis Crítico del Discurso, para comprender los recursos icónico-visuales y el código lingüístico presentes en el discurso del material denunciado. Además, se complementa con un Análisis del Contexto Sociocultural en el que se enmarcan las imágenes y textos utilizados en el contenido analizado. Esta metodología sirve de base para determinar la existencia o no de estereotipos que puedan devenir en contenidos discriminatorios. En el caso de los análisis jurídicos se revisa la norma constitucional, los instrumentos internacionales de protección de derechos y las legislaciones que, sobre esta materia, amparan a todas las personas.
• EL CORDICOM NO PUEDE ACTUAR DE OFICIO. El Cordicom no puede actuar de oficio ante ninguna de las publicaciones de los medios de comunicación (con excepción de contenidos sexualmente explícitos) pero sí tiene la competencia que le otorga el artículo 63 de la LOC de elaborar informes técnicos y jurídicos sobre contenidos discriminatorios.
• TRANSPARENCIA. Como parte de la obligación y compromiso de transparencia de todas las instituciones públicas, el Cordicom está construyendo un repositorio virtual que simplificará el acceso a todos estos informes en su página web institucional (www.cordicom.gob.ec), la cual estará a disposición de la ciudadanía para cualquier consulta o información.
• LOS INFORMES ESTUVIERON A DISPOSICIÓN DE LA DEFENSA DE DIARIO EL UNIVERSO Y XAVIER BONILLA CON OPORTUNIDAD. El 29 de enero diario El Universo solicitó al Cordicom copias de los informes, los cuales fueron entregados el 5 de febrero, es decir, en cinco días hábiles. En el caso de la defensa del señor Xavier Bonilla, sus abogados no presentaron solicitud alguna ante esta institución. Es importante mencionar que, según la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información y la Ley de Modernización del Estado, las instituciones públicas tienen hasta 15 días para atender los pedidos de información de la ciudadanía.
Por tal razón, el Cordicom lamenta la falta de veracidad en las expresiones públicas del abogado del señor Bonilla, Ramiro García, quien señaló en declaraciones recogidas por la prensa que “se escondieron los informes que acogió el Cordicom” y que “hasta ahora no sabemos su contenido”.[1] La verdad es que los abogados del señor Bonilla nunca solicitaron tales informes.
• CORDICOM REAFIRMA SU MISIÓN POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS. El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación ratifica su compromiso institucional por la promoción de la igualdad y la defensa de los derechos de todas las personas. De igual manera, el Cordicom enfatiza la necesidad de luchar contra todas las formas de discriminación, incluyendo aquellas que operan desde la violencia simbólica frente a lo cual, los medios y periodistas deben actuar con responsabilidad y ética y no promover abusos y afrentas contra las personas y colectivos históricamente excluidos y explotados mediante la reproducción de prejuicios de cualquier tipo.
[1]Caricaturista Bonil compareció en la Supercom. Diario el Universo, 9 de febrero de 2015.