Las reformas a la ley electoral contienen artículos referentes al impedimento de realizar reportajes o especiales con intencionalidad de favorecer a candidatos o tendencias políticas y sobre las sanciones para castigar el acoso político.
La norma entrará en vigencia por el Ministerio de la Ley, pese a las acciones legales emprendidas por organizaciones no gubernamentales, gremios periodísticos y políticos de oposición que la califican como una seria restricción de la libertad de expresión.
En la Asamblea Legislativa no hubo los votos para negarlas o allanarse al veto realizado por el Ejecutivo.
El artículo propuesto por el presidente Rafael Correa señala que “los medios de comunicación se abstendrán de hacer promoción directa o indirecta, ya sea a través de reportajes, especiales o cualquier otra forma de mensaje, que tienda a incidir a favor o en contra de determinado candidato, postulado, opciones, preferencias electorales o tesis políticas”.
Al Consejo Nacional Electoral (CNE) le corresponderá elaborar el reglamento de la ley electoral (Código de la Democracia).
El pasado 10 de enero, el mandatario precisó que la disposición también contempla a los medios públicos y bajo el manejo del Estado. Además, afirmó que a la primera persona que limita la norma es a él, porque en el período electoral no podrá realizar su enlace radiotelevisado sabatino.
Desmintió que la medida prohíba las entrevistas.
Fuente: Agencia ANDES