La LOES y su reglamento exigen calidad de la educación superior

Según el artículo 93 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) vigente en el Ecuador desde el 12 de octubre de 2010, “El principio de calidad consiste en la búsqueda constante y sistemática de la excelencia, la pertinencia, producción óptima, transmisión del conocimiento y desarrollo del pensamiento mediante la autocrítica, la crítica externa y […]
En el 2013 deberán estar evaluadas y acreditadas carreras, programas y posgrados

La Vigésima Disposición Transitoria de la Constitución de la República del Ecuador, señala que “en el plazo de cinco años, a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución, todas las instituciones de Educación Superior, así como sus carreras, programas y posgrados deberán ser evaluados y acreditados conforme a la Ley. En caso de […]
Instituciones de educación superior deben reportar información de sus estudiantes

El Reglamento General a la LOES establece en su artículo 5 que las instituciones de educación superior reportarán periódicamente la información de sus estudiantes en los formatos establecidos por la SENESCYT, la misma que formará parte del Sistema Nacional de Información de la Educación Superior del Ecuador, SNIESE.
Sólo universidades de docencia con investigación pueden otorgar títulos de maestría y PhD

En el Ecuador, de conformidad con el artículo número 14 del reglamento a la Ley Orgánica de Educación Superior que entró en vigencia el 12 de octubre de 2010, únicamente las universidades de docencia con investigación podrán otorgar los títulos profesionales de especialización y los grados académicos de maestría y PhD o su equivalente; las […]
En el Ecuador los títulos universitarios no requieren validación alguna

En el Ecuador, de conformidad con el artículo 19 del reglamento general a la LOES, el título emitido por cualquier Universidad o Instituto de Educación Superior existente en el país no requerirá validación alguna, ni del Consejo de Educación Superior (CES) ni de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT).
A los docentes universitarios les queda 6 años para obtener el PhD

El requisito de doctorado (PhD o su equivalente) exigido para ser profesor titular principal, de una universidad o escuela politécnica, será obligatorio luego de 7 años a partir de la vigencia de la Ley Orgánica de Educación Superior (12 de octubre de 2010). De no cumplirse esta condición, los profesores titulares principales perderán automáticamente esta […]
En el Ecuador está vigente la garantía de la libertad de cátedra e investigativa

De conformidad con el artículo 146 de la Ley Orgánica de Educación Superior que está vigente desde octubre de 2010, en las universidades y escuelas politécnicas se garantiza la libertad de cátedra, en pleno ejercicio de su autonomía responsable, entendida como la facultad de la institución y sus profesores para exponer, con la orientación y […]
Inventario de bienes de las instituciones de educación superior será parte del SNIESE
Así lo determina la Disposición General Segunda del Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Superior.
Reunión de trabajo para la evaluación por pares externos se realizó en la ESPAM

En días pasados se realizó en la sala de posgrado del área agropecuaria de la Escuela Politécnica Agropecuaria de Manabí, la tercera reunión de trabajo para la evaluación por pares externos, de la carrera de Administración de Empresas. Estuvieron presente el Ing. Segundo Rodríguez, coordinador de la Comisión para la Autoevaluación y Acreditación de la Facultad de […]
Trece profesores de la UTA se están formando a nivel de PhD

A través de un convenio de cooperación entre la Universidad Complutense de Madrid y la Universidad Técnica de Ambato, trece profesores de la UTA que ya tenían varias maestrías están siguiendo los cursos de doctorado para obtener el título de PhD en la universidad española.