El requisito de doctorado (PhD o su equivalente) exigido para ser profesor titular principal, de una universidad o escuela politécnica, será obligatorio luego de 7 años a partir de la vigencia de la Ley Orgánica de Educación Superior (12 de octubre de 2010). De no cumplirse esta condición, los profesores titulares principales perderán automáticamente esta condición. Así lo establece la Décima Tercera Disposición Transitoria de la LOES.
El requisito de haber accedido a la docencia por concurso público de merecimiento y oposición para ser rector de una universidad o escuela politécnica, será aplicable a los docentes que hayan sido designados a partir del 12 de octubre de 2010 (fecha en la que entró en vigencia la LOES).
Profesores a tiempo completo
De conformidad con la Décima Cuarta Disposición Transitoria de la LOES, las universidades y escuelas politécnicas tendrán un plazo de dos años a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, para cumplir la normativa de contar con al menos el 60% de profesores o profesoras a tiempo completo respecto a la totalidad de su planta Docente. (El plazo vence el 12 de octubre de 2012).
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