El Reglamento propuesto por el Consejo de Educación Superior, CES, establece las normas de cumplimiento obligatorio que rigen la carrera y escalafón del personal académico de las instituciones de educación superior, regulando su selección, ingreso, estabilidad, escalas remunerativas, capacitación, perfeccionamiento, evaluación, promoción y estímulos, jubilación y cesación del personal académico.
Requisitos de ingreso
Para ser profesor Titular Auxiliar los requisitos son:
• Título de Máster (o equivalente) en área afín a su cátedra
• Ganar concurso de merecimientos y oposición.
Titular Agregado
• Título de Máster (o equivalente) en área afín a su cátedra.
• Tres años de docencia en educación superior o investigación acreditada.
• Haber publicado dos obras relevantes o artículos indexados.
• Haber dirigido 2 tesis de posgrado
• 12 meses de investigación en un proyecto.
• Promoción o ganar concurso de merecimientos y oposición
Titular Principal
• Título de PhD o su equivalente en área afín a su cátedra
• Tres años de docencia superior con Titular Agregado
• Haber publicado cuatro obras relevantes o artículos indexados
• Haber dirigido 4 tesis de Maestría o participado en la dirección de 2 proyectos de investigación por 24 meses
• Ser Miembro de Consejo Editorial de revista indexada o revisor de publicación extranjera de alto impacto o ponente.
• Ganar concurso de merecimientos y oposición
Investigador Principal
• Título de PhD o su equivalente.
• Cuatro trabajos de investigación publicados en revistas indexadas o cuyo resultado haya sido patentado
• Dirección de 2 tesis doctorales o 5 de maestrías no profesionalizante
• Dirección de 3 proyectos de investigación
• Ganar concurso o tener dedicación exclusiva a investigación como Titular Principal. Únicamente para IES con docencia e investigación que cuenten con centros, laboratorios y equipamiento necesario para el desarrollo de investigación.
Profesor Invitado
• Título de PhD o su equivalente en área de su cátedra.
• Prestigio científico, académico, cultural, artístico, profesional, empresarial en el área afín a su actividad académica
• Académico de instituciones de alto prestigio de la lista expedida por la SENESCYT, en caso de invitado internacional
• Más de 3 y hasta 12 meses continuos, renovable, bajo relación de dependencia.
Profesor Honorario
• Título de tercer nivel con prestigio académico, científico, cultural, artístico, profesional o Empresarial
• Tres años de experiencia en el área de conocimiento en que ejercerá su actividad académica.
• Hasta un año de contrato; dependencia o servicios.
Profesor Ocasional
• Título de Máster o su equivalente
• Hasta 12 meses de contrato, renovables por igual periodo; dependencia o servicios.
NOTA: Este texto es una síntesis del borrador del Reglamento que será aprobado por el Consejo de Educación Superior en la segunda quincena de septiembre de 2012. Las observaciones y sugerencias tienen que hacer llegar al Consejo de Educación Superior. Para el efecto, ingrese a www.ces.gob.ec y siga las instrucciones.