Su planta docente debe construirse como una comunidad científica y profesional con reconocimiento y legitimidad en su medio. Además, los evaluadores tomarán en cuenta políticas institucionales, gestión interna e infraestructura.
- Su universidad debe tener un núcleo docente estable cuya formación académica, tiempo de dedicación a la enseñanza, soporte a los estudiantes y a labores docentes y de investigación se sitúen manifiestamente sobre el promedio del conjunto de universidades del país.
- Su universidad debe garantizar los derechos de las y los docentes, cuyas obligaciones deben estar normadas por estatutos y reglamentos claramente establecidos.
- Su universidad debe eliminar la discrecionalidad, sobre todo en lo que se refiere a la participación de la docencia en la gobernanza universitaria.
- La planta docente de su universidad debe actuar con un sentido de pertenencia a una comunidad universitaria y comprometida, en cierto grado, con el entorno social a través de acciones y programas de vinculación con la colectividad.
- Su universidad debe mejorar su relación con las y los estudiantes y su entorno de aprendizaje.
- Su universidad debe normar el acceso, los deberes y derechos, la titulación y estímulos y becas a los estudiantes.
- Su universidad debe establecer programas de crédito educativo, becas y ayudas económicas que beneficien por lo menos al 10% del número de estudiantes matriculados.
- Al estar ya definido un Sistema Nacional de Admisión y Nivelación, su universidad debería participar en este nuevo proceso, con el fin de mejorar la calidad académica.
- Observe el artículo 4 del Reglamento a la LOES, que textualmente dice: «Las instituciones de educación superior particulares podrán establecer, en sus respectivos estatutos, requisitos adicionales a los determinados en la Ley para el ingreso de sus estudiantes, observando los principios de igualdad de oportunidades, mérito y capacidad. La SENESCYT observará que se cumplan los principios de igualdad de oportunidad, mérito y capacidad».
- El soporte académico para los procesos de aprendizaje (bibliotecas, laboratorios y otras facilidades didácticas) debe ser mucho mejor al que su universidad exhibió en el 2009 cuando el CONEA elaboró el Informe del Mandato 14.
- De acuerdo a sus posibilidades, su universidad debe ofrecer a sus estudiantes entornos de aprendizaje adecuados y acordes a las exigencias de los avances del conocimiento. Cabe, a este propósito, recordar la máxima de que, en tratándose de la calidad educativa, no solo debe evaluarse a una universidad por lo que tiene, sino por “lo que hace con lo que tiene”.
- Las actividades de investigación, el grado de involucramiento de docentes y estudiantes en los proyectos de investigación, los recursos asignados, así como la definición de líneas y políticas de investigación, es factor importantísimo para que su universidad se ubique en la categoría “A”.
- Al respecto, es necesario tener presente dos acotaciones. En primer lugar, es necesario relativizar el término “desempeño en investigación” y situarlo en el contexto de la universidad ecuatoriana. La pertenencia de una institución superior a esta primera categoría no significa que ella haya alcanzado niveles de excelencia en la práctica y resultados de procesos investigativos.
- Hay que aceptar el hecho de que la investigación universitaria en el Ecuador es todavía incipiente y hasta precaria. Lo que distingue a las universidades del grupo “A” es la institucionalización y consolidación, en curso, de grupos o unidades académicas, en algunos casos multidisciplinarios, cuyos esfuerzos están orientados a la innovación, o, por lo menos, a la aplicación del conocimiento en la solución de los problemas que afectan a la realidad nacional; esfuerzo que, por otra parte, se traduce en un mejoramiento del nivel de la calidad de su enseñanza.
- El porcentaje de docentes con asignación de tareas investigativas, el financiamiento de proyectos, ya sea propio de la institución o proveniente de otras fuentes, los logros alcanzados, ya sea en términos de resultados tangibles o en términos de producción científica, proporcionan las principales pautas que permiten ubicar a un número de universidades en la categoría «A».
- La segunda acotación se refiere al reconocimiento de que no se puede exigir que todas las instituciones de enseñanza superior dediquen esfuerzos y recursos a actividades de investigación, en el sentido tradicional de actividades orientadas hacia la producción de innovaciones, o “productos prácticos” que tienen como criterio el valor económico y la utilidad social inmediata.
- Existe una actividad de investigación ligada a la docencia que repercute directamente en la calidad de la enseñanza. Se trata de una investigación de tipo catedrática que tiene como objeto la actualización y profundización de la propia docencia y cuyas líneas se articulan con el currículo de las disciplinas académicas. Es este tipo de investigación, del que no puede prescindir ninguna institución universitaria, el que ha servido al CONEA como criterio esencial para la evaluación que realizó en el 2009.
- Un último aspecto considerado en el desempeño sobre el criterio investigación tiene que ver con las políticas universitarias dirigidas hacia la consolidación de un núcleo docente de soporte y continuidad para el desarrollo de los procesos de investigación. El fortalecimiento de una masa crítica de docentes para el desarrollo de la investigación pasa por su capacitación y perfeccionamiento a través del otorgamiento de pasantías, becas de investigación y licencias sabáticas.
- En este punto, el informe del CONEA reconoce un pobre nivel de desempeño de las universidades en relación al cumplimiento de las normas establecidas en la Ley. «De todas maneras, y sin llegar a los estándares estipulados en la LOES, las universidades de la categoría “A” muestran un nivel de cumplimiento muy por encima de los niveles promedio del conjunto de IES», destaca el informe del CONEA.
- El cuarto ámbito de evaluación de desempeño se refiere a la gestión y administración de las IES.
- Si a estas características se añade la dimensión de la educación superior como un bien público entonces se comprende mejor el alcance de los tres grandes criterios utilizados para la categorización de las IES: políticas institucionales, gestión interna e infraestructura.
- Respecto a las primeras, las universidades pertenecientes a la categoría “A” se distinguen del resto de IES por sus políticas de acción afirmativa o prácticas inscritas en ésta, que, cabe advertir, no cubren aún a todos los grupos discriminados de la sociedad, registrando, por lo mismo, limitaciones todavía en el conjunto de la categoría.
- Asimismo, en este grupo constan aquellas IES que realizan un seguimiento al desempeño social de sus egresados. Estas prácticas evidencian una proyección social consistente con la misión de la universidad.
- Mejore la gestión interna de su universidad.
- Cumpla a cabalidad lo dispuesto en el Art. 36 de la LOES que entró en vigencia el 12 de octubre del 2010, y que tiene que ver con la asignación de recursos para publicaciones, becas para profesores, profesoras e investigaciones.
- Presente a la SENESCYT la programación de la asignación del porcentaje establecido en el Art. 36 de la LOES.
- Por último, tome en cuenta que las universidades de la categoría “A” ofrecen a la comunidad universitaria una infraestructura funcional que responde a las necesidades de su oferta académica y de su población docente y estudiantil.
- Las universidades y escuelas politécnicas cuya evaluación de desempeño corresponde a las características anteriormente descritas son las que se ubican en la categoría “A” de la clasificación elaborada por el CONEA.
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