En Octubre de 2017 el profesor titular de las universidades debe tener título de PhD.

Así lo determina la Décima Tercera Disposición Transitoria de la Ley Orgánica de Educación Superior que entró en vigencia en el Ecuador a partir del 12 de ocubre de 2010. El requisito de doctorado (PhD o su equivalente) exigido para ser profesor titular principal, de una universidad o escuela politécnica, será obligatorio luego de 7 años a partir de la vigencia de la LOES. De no cumplirse esta condición, los profesores titulares principales perderán automáticamente esta condición.

Además, el requisito de haber accedido a la docencia por concurso público de merecimiento y oposición para ser rector de una universidad o escuela politécnica, será aplicable a los docentes que sean designados a partir de la vigencia de la presente Ley.

Profesores a tiempo completo

La Décima Cuarta Disposición Transitoria de la LOES señala que las  universidades y escuelas politécnicas tendrán un plazo de dos años a partir de la entrada en vigencia de esta Ley (12 de octubre de 2010), para cumplir la normativa de contar con al menos el 60% de profesores o profesoras a tiempo completo respecto a la totalidad de su planta Docente.

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