El Pleno de la Asamblea Nacional, por unanimidad de los 111 presentes, aprobó este martes 16 de abril de 2019, solicitar a la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Senescyt), y al Instituto de Fomento del Talento Humano (IFTH), que de manera coordinada procedan a revisar la situación de los beneficiarios de becas y créditos educativos otorgados por instituciones públicas y/o entidades públicas financieras, para precautelar los derechos de los ciudadanos, en aplicación de las políticas públicas a favor de la educación, de la formación profesional y del principios pro homine.
En vista de que existen graves problemas relacionados con el pago y cobranza de créditos educativos otorgados por entidades financieras públicas, así como con la aplicación de becas otorgadas por el Instituto de Fomento del Talento Humano, lo cual ha generado obligaciones pecuniarias entre los becarios no previstas inicialmente o ajenas a la naturaleza de estas figuras legales, la Asamblea exhortó a varias autoridades encontrar el camino jurídico para resolver la crisis de becarios y deudores de créditos educativos.
Estas entidades deberán revisar que el contenido de los contratos de créditos educativos que fueron otorgados por el Estado, esté apegado a las leyes y reglamentos no incluyan cláusulas o condiciones más gravosas que las previstas en créditos de carácter no mercantil.
Además, que se establezcan políticas públicas, planes, programas pertinentes y acciones afirmativas para la efectiva inserción laboral de los becarios que aseguren la transferencia y socialización del conocimiento y posibiliten la compensación a favor del Estado y en beneficio de la sociedad, en coordinación con los ministerios de Trabajo y Producción, Gobiernos Autónomos Descentralizados, Consejo de Educación Superior y Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior y demás entidades involucradas, entre otros aspectos.
También, se solicita a la Senescyt, IFTH y a la Superintendencia de Bancos que, de manera coordinada, procedan a revisar si los valores correspondientes a tasas de interés, recargos, costos administrativos, operativos, financieros u otros previstos en la celebración de contratos por créditos educativos, estén dentro de los límites y parámetros previstos en la ley y en la normativa secundaria vigente.
Se exige a la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, al Instituto de Fomento del Talento Humano, a las entidades otorgantes de becas y a la Superintendencia de Bancos que revisen la correcta aplicación del artículo 19 de la Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal, sobre remisión de intereses y multas de créditos educativos, en todos los casos en que se haya cumplido con los requisitos previstos en dicha norma; y, verifiquen la aplicación de las disposiciones de la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, en lo referente a la simplificación de requisitos y prohibiciones para las instituciones públicas en el otorgamiento de este beneficio.
También exhorta a los directivos del Banco del Pacífico revisen los reglamentos y protocolos internos y, de ser el caso, los modifiquen, a fin de que apliquen condiciones más beneficiosas y justas en beneficio de los deudores de buena fe de créditos educativos, así como al Director Ejecutivo del Instituto de Fomento de Talento Humano, revise el convenio suscrito el 26 de noviembre de 2013, con el Banco del Pacífico, para que se incluyan condiciones favorables a los becarios, en especial que la acumulación de intereses no sea causal para que los consideren en mora.
Igualmente, se exige a la Senescyt, al IFTH y a las entidades otorgantes de becas den cumplimiento estricto del mandato legal vigente, inserto en la disposición general Quinta y disposición transitoria Décimo Primera de la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, para la liquidación de becas.
Finalmente, la Asamblea Nacional, en el ejercicio de sus atribuciones de fiscalización, en el plazo de 30 días, iniciará -a través de la Comisión de Régimen Económico-, el requerimiento de información para verificar la correcta aplicación de la normativa, el cumplimiento de las disposiciones legales exigidas en esta resolución, así como el inicio de los procesos necesarios para el resarcimiento o sanción correspondientes.
Comisión general
Previamente, el Pleno recibió en comisión general a Tatiana Alarcón, representante de los becarios retornados, quien señaló que lo que empezó como una ilusión de especializarse en las mejores universidades y traer conocimientos que permitan el desarrollo de Ecuador, lamentablemente, cuando retornaron al país a compensar sus becas, se encontraron con inconsistencias y arbitrariedades que impidieron cubrir los costos y entraron en procesos coactivos.
De su lado, Wilma González, en representación de los deudores de crédito educativo, expresó que el Instituto de Fomento de Talento Humano no le reconoce el seguro de desgravamen de su hijo, en razón de que falleció al quinto mes del pago de su crédito.
Entre tanto, Janina Saá, representante de los deudores de créditos educativos, subrayó que hay procesos coactivos implementados por el Reglamento de Régimen Académico a partir de 2015, por tanto, cientos de becarios de créditos estudiantiles no pueden cancelar sus cuotas por la situación económica que atraviesan.
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