Decreto Ley de apoyo financiero a favor de Beneficiarios Coactivados de Créditos Educativos no es aprobado por la Corte Constitucional

El  viernes 7 de julio de 2023, el Presidente de la República, Guillermo Lasso, envió a la Corte Constitucional dos nuevos decretos ley de urgencia económica: Decreto Ley de apoyo financiero a favor de Beneficiarios Coactivados de Créditos Educativos, Becas y Ayudas Económicas; y Decreto Ley de Reestructuración Empresarial.En esa ocasión, el mandatario dijo: «Brindamos alivio financiero a nuestros jóvenes. El Decreto  Ley de apoyo financiero a favor de Beneficiarios Coactivados de Créditos Educativos, Becas y Ayudas Económicas apoyará de manera definitiva a aliviar la carga financiera de personas con procesos coactivos por temas educativos. Entre algunos de los beneficios que contempla el decreto están: Eliminará el 100% de intereses, multas y recargos generados por obligaciones vencidas o por convenios de pago en créditos educativos y ayudas económicas.
Permitirá mejorar la calificación crediticia de los usuarios mediante la eliminación del reporte de las operaciones en coactivas para el buró de crédito.

Las personas que se encuentren desempleadas tendrán un periodo de gracia de seis meses para pagar sus deudas.
Se amplía el beneficio de la condonación total o parcial del crédito para quienes tienen algún grado de discapacidad o sufren enfermedades raras o catastróficas.

Incentivará el pago del capital pendiente.

Con esta decisión no solo se aliviará las deudas, también contribuirá a que jóvenes puedan insertarse a la vida productiva sin una coactiva.»

La Corte Constitucional (CC) emitió dictamen no favorable al Decreto-ley sobre créditos educativos y compañías insolventes. El pronunciamiento se dio este viernes, 28 de julio de 2023.  En el documento publicado en sus redes sociales, la entidad explicó que con respecto al decreto-ley denominado ‘Decreto Ley de Apoyo Financiera a Favor de Beneficiarios Coactivados de Créditos Educativos, Becas y Ayudas Económicas‘, los jueces de la CC no dieron paso con ocho votos a favor.

«Si bien la Corte es sensible con el objetivo del proyecto de decreto-ley, dictaminó que este no cumple con los criterios de urgencia ya establecidos por la jurisprudencia de la Corte y que, por lo tanto, es incompatible con el artículo 148 de la Constitución».

Además, la CC considera que «no aborda circunstancias apremiantes, pues se trata de un problema estructural que data de hace más de una década y que nunca fue considerado apremiante por la Función Ejecutiva. De hecho, previamente a la disolución de la Asamblea, se presentaron dos proyectos de ley que abordaron el mismo tema y que, al no haberse calificado como urgentes en materia económica por el Presidente de la República, se tramitaron de forma ordinaria».

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