Para lograr la coordinación necesaria que requiere el Plan de Contingencia el Consejo de Educación Superior (CES) solicitará al CEAACES la realización de las siguientes actividades:
- Elaborar y remitir al CES un informe de verificación de las universidades y escuelas politécnicas que se encuentran en proceso de evaluación y que registran nuevas matrículas en los primeros niveles o su equivalente, de pregrado y postgrado después de la expedición de la LOES y la nómina de las y los estudiantes matriculados;
- Remitir al CES, antes del 12 de abril de 2012, la nómina y los resultados alcanzados por las y los estudiantes de último año que rindieron las pruebas de avaluación de resultados de aprendizaje;
- Remitir al CES el informe de las universidades y escuelas politécnicas ubicadas en la categoría E y que resultaren suspendidas definitivamente, luego de la evaluación que establece la Disposición Transitoria Tercera de la LOES en cumplimiento del Mandato Constituyente número 14; y,
- Diseñar, elaborar y aplicar las pruebas de evaluación de resultados de aprendizaje, en coordinación con el CES y con las instituciones de educación superior, con el objetivo de determinar la ubicación de las y los estudiantes en los diferentes niveles de las carreras de Titulación Especial.