El CES expide normas para la concesión del título de Doctor Honoris Causa

Sólo podrán conceder el título de Doctor Honoris Causa las universidades y escuelas politécnicas que cuenten con programas académicos de doctorado legalmente aprobados.

Para otorgar el título de Doctor Honoris Causa las universidades y escuelas politécnicas deberán contar con una normativa interna correspondiente.

El Consejo de Educación Superior del Ecuador, a través de su Presidente, René Ramírez, anunció en rueda de prensa ofrecida este 4 de enero la expedición de las mencionadas normas que regulan la concesión del título de Doctor Honoris causa.

El Presidente del Consejo de Educación Superior explicó que el Doctorado Honoris Causa es el máximo título honorífico que concede una universidad o escuela politécnica a personalidades destacadas del ámbito nacional e internacional, con méritos excepcionales, y por sus contribuciones a la educación, las artes, al desarrollo científico; por labores de extraordinario valor para las condiciones de vida del país o para el bienestar de la humanidad; o a aquellas personas que han prestado servicios relevantes a la institución que otorga el doctorado.

© 2011 EcuadorUniversitario.Com

Deja una respuesta