
ESTATUTOS DE LA RED DE RECTORAS Y RECTORES POR LA SOSTENIBILIDAD
CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, NATURALEZA Y DOMICILIO
Artículo 1: Denominación
La presente organización se denominará «Red de Rectoras y Rectores por la Sostenibilidad» en adelante «La Red».
Artículo 2: Naturaleza
La Red es una asociación sin fines de lucro, conformada por universidades y centros de educación superior, representada por sus rectores y rectoras, cuyo propósito es contribuir con la transformación de instituciones de educación superior en motores de sostenibilidad y agentes de cambio social.
Artículo 3: Domicilio
El domicilio principal de la Red se establecerá donde se encuentre la sede del Instituto Internacional de la UNESCO para la Educación Superior en América Latina y el Caribe, en adelante UNESCO IESALC. Podrá establecer oficinas o representaciones en otros lugares de acuerdo con las necesidades de la Red.
CAPÍTULO II: LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS
Artículo 4: Misión y Visión
Misión: Nuestra misión es liderar y promover la integración de la sostenibilidad en la educación superior,fortaleciendo la colaboración entre universidades, sectores empresariales y gobiernos.
Buscamos influir en la formulación de políticas públicas para avanzar hacia un desarrollo sostenible global, capacitando a líderes universitarios y fomentando la investigación, innovación y responsabilidad social.
Visión: A través de la creación de redes de conocimiento y buenas prácticas, aspiramos a transformar nuestras instituciones y comunidades, asegurando que los futuros profesionales estén preparados para enfrentar los desafíos del mundo contemporáneo con una visión sostenible y equitativa.
Artículo 5: Objetivos
Los objetivos de la Red son:
1. Integrar la Sostenibilidad en la Educación Superior: Fomentar la incorporación de lo principios del desarrollo sostenible en los currículos académicos, preparando a los estudiantes para abordar los retos globales con una perspectiva sostenible.
2. Desarrollar Liderazgo y Gobernanza Sostenible: Promover entre los líderes universitarios prácticas de liderazgo y gobernanza que prioricen la sostenibilidad, facilitando la implementación de cambios estructurales en las instituciones educativas
3. Influir en la Política Pública: Participar activamente en el diseño y la revisión de políticas públicas, asegurando que las decisiones gubernamentales reflejen las necesidades y aspiraciones de las universidades y sus comunidades en términos de sostenibilidad.
4. Sensibilizar y concienciar: Desarrollar campañas y actividades para concienciar sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y el papel crucial de las universidades en su consecución, en las instituciones educativas y en la sociedad.
5. Fortalecer la colaboración entre Universidad, Empresa y Gobierno: Promover una colaboración efectiva entre las universidades, el sector empresarial y los gobiernos, creando sinergias que impulsen el desarrollo sostenible en todos los niveles.
6. Impulsar alianzas internacionales: Establecer colaboraciones con organizaciones internacionales y redes similares para fortalecer el impacto global de las iniciativas de desarrollo sostenible promovidas por las universidades.
7. Fomentar la Investigación e Innovación Sostenible: Apoyar proyectos de investigación que se centren en los desafíos del desarrollo sostenible, promoviendo la transferencia de conocimientos y tecnologías sostenibles entre la academia y la industria.
8. Crear redes de conocimiento y buenas prácticas: Facilitar el intercambio de experiencias y la adopción de buenas prácticas entre las universidades miembros, promoviendo el aprendizaje mutuo y la mejora continua en el ámbito de la sostenibilidad.
9. Fortalecer la Responsabilidad Social Universitaria: Incentivar a las universidades a desempeñar un rol activo en el desarrollo sostenible de sus comunidades, promoviendo proyectos que generen un impacto social y ambiental positivo.
10. Monitorear y evaluar el progreso: Establecer mecanismos de evaluación continua para medir los avances en la implementación de iniciativas sostenibles, asegurando la rendición de cuentas y la mejora continua.
CAPÍTULO III: MIEMBROS
Artículo 6: Tipos de Miembros
La Red estará compuesta por los siguientes tipos de miembros:
1. Miembros Fundadores: Son aquellos rectores y rectoras de cuyas instituciones participaron en la primera cohorte del curso Liderazgo y gobernanza universitaria sostenible en el 2023, y que firmaron el Decálogo de rectores por la Sostenibilidad, así como el acta de constitución.
2. Miembros Activos: Son aquellos rectores, rectoras y presidentes o directores de instituciones de educación superior que sean admitidas como miembros por la Asamblea General.
3. Miembros Honorarios: Son aquellas personas físicas o instituciones que, por su destacada contribución a la promoción de la sostenibilidad, sean designadas como tales por la Asamblea General.
Artículo 7: Admisión de Miembros
El líder de una institución de educación superior debe presentar una solicitud por escrito a la Secretaría Ejecutiva de la Red, representada por UNESCO IESALC acompañada de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento interno y una vez aprobada su incorporación abonar el canon anual. La Secretaría Ejecutiva deberá presentar las candidaturas a la Asamblea general para su aprobación.
Parágrafo 1: Causales para la pérdida de la membresía:
• Incumplimiento de los estatutos y reglamentos: Si un miembro no cumple con los estatutos, reglamentos internos u acuerdos adoptados por la Asamblea General.
• Incumplimiento de los fines y objetivos de la Red: Si un miembro no demuestra un compromiso activo con los fines y objetivos de la Red, o si sus acciones contradicen los principios de sostenibilidad y la Agenda 2030.
• Falta de participación: Si un miembro no participa activamente en las actividades de la Red, como reuniones, eventos, proyectos o iniciativas, durante un período prolongado y sin justificación. La inasistencia a más dos reuniones de forma consecutiva se tipifica como falta de participación.
• Impago de cuotas: Si un miembro no cumple con el pago de las cuotas establecidas por la Asamblea General.
• Renuncia voluntaria: Un miembro puede renunciar voluntariamente a su membresía activa en cualquier momento, notificando por escrito al Comité Ejecutivo.
• Otras causales: La Asamblea General podrá establecer otras para la pérdida de la membresía activa, siempre que sean acordes a los fines y objetivos de la Red.
Parágrafo 2: Procedimiento para la pérdida de la membresía:
• Notificación: El Comité Ejecutivo notificará por escrito al miembro sobre la posible pérdida de su membresía activa, indicando las causales y otorgándole un plazo para presentar su descargo o subsanar la situación.
• Descargo: El miembro tendrá la oportunidad de presentar su descargo por escrito ante el Comité Ejecutivo, explicando las razones por las cuales no debería perder su membresía activa.
• Decisión: El Comité Ejecutivo evaluará el caso y tomará una decisión, que podrá ser: o Mantener la membresía activa del miembro.
o Suspender temporalmente la membresía activa del miembro, estableciendo un plazo para que subsane la situación.
o Revocar la membresía activa del miembro.
• Apelación: El miembro podrá apelar la decisión del Comité Ejecutivo ante la Asamblea General, que tendrá la última palabra.
Artículo 8: Derechos de los Miembros
Los miembros fundadores y activos tendrán los siguientes derechos:
1. Participar en el diseño y gestión del Plan de desarrollo, así como en las actividades de la Red aprobadas por la Asamblea General.
2. Elegir y ser elegidos para integrar los órganos de gobierno de la Red.
3. Recibir información sobre las actividades y decisiones de la Red.
4. Proponer proyectos que contribuyan con el desarrollo y logro de la misión y visión de la Red.
5. Utilizar el nombre y el logo de la Red en actividades relacionadas con sus objetivos.
Artículo 9: Deberes de los Miembros
Los miembros fundadores y activos tendrán los siguientes deberes:
1. Cumplir con los objetivos y principios de la Red.
2. Participar personalmente en las reuniones programadas.
3. Contribuir activamente al cumplimiento de los programas y proyectos de la Red.
4. Pagar las cuotas de membresía establecidas por la Asamblea General a la Secretaría Ejecutiva de la Red representada por UNESCO IESALC.
5. Cumplir con las decisiones adoptadas por los órganos de gobierno de la Red y aprobadas por la Asamblea General.
CAPÍTULO IV: ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 10: Órganos de Gobierno
Los órganos de gobierno de la Red son:
1. Asamblea General.
2. Consejo Directivo.
3. Secretaría Ejecutiva.
Artículo 11: Asamblea General
La Asamblea General es el máximo órgano de gobierno de la Red y estará integrada por todos los miembros fundadores y activos. Sus decisiones se adoptarán por mayoría simple de votos, de los miembros presentes en la asamblea, de manera física o virtual, o quienes den respuesta a los requerimientos mediante medios virtuales. La Asamblea General se reunirá de manera ordinaria una (1) vez al año y de manera extraordinaria las veces que sea necesario.
Artículo 12: Consejo Directivo
El Consejo Directivo estará integrado por representantes de las instituciones miembros, elegidos por la Asamblea General.
Será responsable de la dirección y gestión de la Red, así como de la ejecución de las decisiones de la Asamblea General. Estará compuesto por tres miembros, elegidos entre los miembros fundadores y activos: presidente, secretario y director, renovables cada dos años.
En caso del cese de funciones de un miembro del consejo directivo, éste podrá proponer un remplazante que deberá ser validado por dos tercios de los miembros fundadores y activos.
Entre sus funciones estará el proponer a la Asamblea General resoluciones, estrategias y acciones para su aprobación por mayoría simple.
El Consejo Directivo se reunirá de manera ordinaria como mínimo cada tres (3) meses y de manera extraordinaria las veces que sea necesario.
Artículo 13: Secretaría Ejecutiva
La Secretaría Ejecutiva, recaerá en la UNESCO IESALC, quien estará a cargo de la administración y ejecución de las actividades de la Red, bajo la supervisión del Consejo Directivo.
CAPÍTULO V: PLAN DE TRABAJO Y PRESUPUESTO
Artículo 14: Plan de desarrollo y Presupuesto Bianual
1. Aprobación del Plan de Desarrollo: Cada dos (2) años, el Consejo Directivo, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva, elaborará un Plan de desarrollo que establecerá las actividades, proyectos y objetivos que la Red se propone realizar en el siguiente bienio. Este Plan de Trabajo deberá ser aprobado por la Asamblea General en su reunión ordinaria.
2. Presupuesto Bianual: Junto con el Plan de desarrollo, se presentará un Presupuesto Bianual detallado, que incluirá los recursos financieros necesarios para llevar a cabo las actividades y proyectos propuestos. Este presupuesto deberá contemplar las contribuciones económicas de los miembros, así como posibles fuentes externas de financiamiento.
3. Contribuciones Financieras: Cada miembro activo de la Red se compromete a contribuir financieramente al sostenimiento de esta, según las cuotas anuales que aprobará la Asamblea General.
4. Revisión y Ajustes: En caso de que se produzcan circunstancias extraordinarias que afecten la ejecución del Plan de desarrollo o el cumplimiento del Presupuesto Bianual, el Consejo Directivo podrá proponer revisiones o ajustes, que deberán ser aprobados por la Asamblea General.
5. Informe de Ejecución: Al final de cada año, la Secretaría Ejecutiva presentará un informe detallado sobre la ejecución del Plan de desarrollo y el estado financiero de la Red, el cual será evaluado y aprobado por la Asamblea General.
CAPÍTULO VI: DISOLUCIÓN
Artículo 15: Disolución
La Red se disolverá por decisión de la Asamblea General, adoptada por mayoría cualificada de dos tercios de los miembros fundadores y activos. En caso de disolución, el patrimonio de la Red se destinará a una o varias instituciones sin fines de lucro y que designe la Asamblea General.
CAPÍTULO VII: DISPOSICIONES FINALES
Artículo 16: Modificación de Estatutos
Los presentes estatutos podrán ser modificados por acuerdo de la Asamblea General, adoptado por mayoría cualificada de dos tercios de los miembros fundadores y activos presentes en la reunión.
Estos estatutos entrarán en vigor cuando la Asamblea General los apruebe.
Firmado en Cartagena, Colombia, el 28 de agosto de 2024.
Juana Rosario Duarte Galeas
Rectora Universidad Metropolitana de Honduras, Honduras
María Augusta Hermida Palacios
Rectora Universidad De Cuenca, Ecuador
Jaime Alberto Leal Afanador
Rector Universidad Nacional Abierta y a Distancia, Colombia
Fernanda Llergo Bay
Rectora, Universidad Panamericana, México
Sergio Ernesto Carranza
Rector Universidad Autónoma de Santa Ana, El Salvador
Mario Rafael Olmos Argueta
Rector Universidad Don Bosco, El Salvador
Ana María Piñeros Ricardo
Rectora Fundación Universitaria Juan N. Corpas, Colombia
Edward Michael Roekaert Embrechts
Rector Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas, Perú
Maritza Rondón Rangel
Rectora Universidad Cooperativa de Colombia, Colombia
Cecilia Paredes,
Rectora Universidad Escuela Superior Politécnica del Litoral, Ecuador
Marcelo Figari
Rector Universidad Hospital Italiano de Buenos Aires, Argentina
German Anzola
Rector Universidad de Ciencias Aplicadas y Ambientales, Colombia
Verónica Agreda de Pazos
Rectora Universidad Privada Franz Tamayo, Bolivia
Hermes Alduvín Díaz Luna,
Rector Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán, Honduras
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