El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó con 104 votos favorables el informe elaborado por la Comisión de la Verdad, Justicia y Lucha contra la Corrupción que investigó el caso ‘El Gran Padrino’, el cual recomienda enjuiciar políticamente al presidente de la República, Guillermo Lasso, en el grado de comisión por omisión, de acuerdo con los artículos 23, 28, 42 y 422 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) al haber adecuado su conducta a lo previsto en el artículo 129, numeral 2 de la Constitución de la República.
De 125 legisladores presentes en el Pleno de la Asamblea Nacional, 104 votaron a favor de la aprobación del informe elaborado por la Comisión Ocasional del caso Encuentro. Mientras que 18 votaron en contra y tres se abstuvieron de votar.
Qué dice el informe
En el documento se concluye que el Presidente de la República intentó obstruir el proceso de investigación y fiscalización política, que le compete constitucionalmente a las funciones Legislativa y Judicial, al tratar de ocultar el informe elaborado por el exsecretario Anticorrupción, Luis Verdesoto, en el que se advertía de posibles actos de corrupción. Determina que el Ejecutivo interfirió en el proceso investigativo de la Fiscalía General del Estado al permitir que el Ministerio del Interior traslade a 37 agentes policiales-investigadores que colaboran con Fiscalía.
También establece que el Presidente de la República transgredió el principio de reserva de ley y la Ley Orgánica de Empresas Públicas cuando, mediante Decreto Ejecutivo No. 16 normó la conformación de los directorios de las empresas públicas, lo que demuestra una violación a la Constitución, pues asumió una competencia que es exclusiva de la Asamblea Nacional.
En el debate intervinieron 41 parlamentarios de todas las bancadas legislativas. Destacaron que en el documento se evidenciaría una presunta estructura de corrupción en las empresas públicas y posibles vínculos de grupos criminales con allegados al gobierno, de los que el Jefe de Estado habría tenido conocimiento, por lo que estaba obligado a denunciarlos. Subrayaron que la omisión e inacción del mandatario es equivalente a propiciar los hechos delictivos, acto que el COIP denomina omisión impropia.
El documento será remitido a la Fiscalía General y a la Contraloría General del Estado para que, en el ámbito de sus competencias, inicien las investigaciones penales y administrativas respectivas y adopten las medidas pertinentes.
Qué viene luego
La aprobación de este informe no significa que se inicia automáticamente el juicio político contra Guillermo Lasso. Primero es necesario que un asambleísta formalice la solicitud de juicio político con el respaldo de al menos 46 legisladores. El correísmo anticipó que lo hará.
Y si se presenta la solicitud de juicio político, está debe ser conocida por el Consejo de Administración de la Legislatura (CAL). Además, para que esa solicitud pueda prosperar se requiere de un dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional.
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