Ecuador elige hoy al sucesor de Rafael Correa

Un total de 12 millones 816 mil electores están facultados para participar en las elecciones de este domingo 2 de abril de 2017, para elegir al sucesor del Presidente Rafel Correa Delgado, quien tras gobernar durante una década etregará el poder el prómo 24 de mayo, sea al candidato oficialista Lenín Moreno, de Alianza País o al opositor Guillermo Lasso, del movimiento Creando Oportunidades CREO.

El proceso de votaciones de este domingo comenzó a las 07.00 horas con la apertura de las juntas receptoras del voto y se extenderá hasta las 17.00 horas. Se espera que haya paz y se viva una fiesta democrática.

El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), en sesión ordinaria efectuada el 27 de marzo autorizó que cinco empresas de estudios de opinión realicen en la jornada electoral de hoy: encuestas a boca de urna, exit polls y conteo rápido, cuyos resultados se conocerán pasadas las 17:00 horas de este domingo 2 de abril.

Las cinco empresas autorizadas par realizar encuestas de voto a boca de urna son:

1. BLASCO PEÑAHERRERA & ASOCIADOS. ESTUDIOS DE MERCADO Y OPINIÓN PÚBLICA CÍA. LTDA. MARKET
2. CENTRO DE ESTUDIOS Y DATOS CEDATOS CÍA. LTDA.
3. CORPMONT MARKETING & PUBLICIDAD – CORPMONTPUBLI S.A.
4. EUREKNOW S.A.
5. PERFOFIS, PERFILES DE OPINIÓN CIA. LTDA.

Además, la única persona jurídica que ha confirmado que realizará conteo rápido es la Corporación Participación Ciudadana.

Asimismo, el Pleno del CNE aprobó una Resolución que establece que las personas naturales y/o jurídicas debidamente inscritas para realizar encuestas de voto a boca de urna para el proceso eleccionario del 02 de abril, presenten obligatoriamente información metodológica sobre el trabajo que realizaron para este propósito.

En este sentido, deberán presentar los resultados obtenidos con señalamiento de los límites mínimo y máximo (intervalo) del porcentaje de votación válida que alcanzaría cada una de las candidaturas participantes, de acuerdo al margen de error y nivel de confianza aplicados en la encuesta.

Tal como establece dicha resolución, en caso de que los intervalos de porcentajes de votación de las dos candidaturas se superpongan, se deberá especificar que existe un empate técnico.

En estos resultados, se deberá identificar claramente que se trata de información no oficial.

Los resultados obtenidos deberán ser entregados al Consejo Nacional Electoral, para su conocimiento, máximo hasta las 16:00 de este domingo 2 de abril.

Asimismo, la resolución establece que los medios de comunicación que difundan los resultados de las encuestas a boca de urna, estarán obligados a publicar dicha información únicamente si esta cumple con las siguientes especificaciones:

a.- Nombre de la persona natural o empresa responsable;
b.- Tipo y tamaño de la muestra utilizada;
c.- Ámbito geográfico y el universo de votantes en el cual se desarrolló la encuesta;
d.- Instrumentos que se utilizaron para obtener la información de los encuestados;
e.- Límites mínimo y máximo (intervalo) del porcentaje de votación válida que alcanzaría cada candidatura; con determinación
de empate técnico en caso de darse este resultado; y,
f.- Nivel de confianza.

Adicionalmente, el Consejero Paúl Salazar señaló la necesidad de incluir que las empresas que realizan encuestas a boca de urna también difundan los recintos electorales en los que se tomó la muestra. Esta petición también fue aprobada por el Pleno del CNE.

El Consejero Salazar también señaló que estas encuestas son mecanismos de proyección de resultados, por lo que no pueden ser comparados con los resultados oficiales que dé el organismo electoral después del procesamiento del 100% de las Actas de Escrutinio.

Además, la solicitud de que las empresas también difundan los recintos electorales en los que tomaron la muestra, busca que estos mecanismos puedan abarcar la mayor cantidad de casos que reflejen la voluntad de los votantes en diferentes localidades del país. «Esto permitirá tener una idea clara de que la muestra fue recogida con fines técnicos y no políticos», puntualizó.

Esta resolución se adoptó con el objetivo de garantizar la transparencia en la difusión de resultados de estas herramientas metodológicas. Además, permitirá que se conozca el margen de error que contienen dichas encuestas.

La Consejera Luz Haro señaló que la intención del CNE es buscar transparencia, en sus palabras, «de lado y lado». Es decir, que las empresas que brindarán sus resultados a partir de las 17:00 del día del sufragio, también transparenten cómo obtuvieron la información metodológica correspondiente.

El Pleno del CNE aprobó que las personas jurídicas que realicen el conteo rápido también cumplan con los requisitos señalados anteriormente. Asimismo, se dispuso que los medios de comunicación publiquen los resultados de conteo rápido, también si cumplen con las especificaciones estipuladas para las empresas que realizarán encuestas a boca de urna, acorde a la metodología que se utiliza para este propósito. Al respecto, se recordó que la única persona jurídica que ha confirmado que realizará conteo rápido es la Corporación Participación Ciudadana.

EcuadorUniversitario.Com

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